1 enero 2026
Comunicación reactiva de insuficiencia de masa activa
Cuando la administración concursal comunica la insuficiencia de masa activa como reacción a la reclamación judicial de un crédito contra la masa, el especial orden de prelación de pagos establecido para estos casos no es oponible a dicho crédito, debiendo desaprobarse la rendición de cuentas si se altera dicho orden en perjuicio del acreedor reclamante.