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Programa de firma digital

Lefebvre Firma

Firma digitalmente desde cualquier dispositivo, certifica ficheros o envíos a través de correo electrónico y SMS.

Envía contratos y documentos a firmar directamente desde el panel de gestión o desde algunos productos Lefebvre.

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Conoce las principales ventajas de Lefebvre Firma

SIN APLICACIONES

Tus clientes y empleados podrán firmar documentos en menos de 30 segundos de forma rápida e intuitiva, sin necesidad de estar registrados en FIRMA.

MULTIDISPOSITIVO

Las firmas se pueden realizar desde cualquier dispositivo (ordenador, tablet o móvil), con acceso a Internet y a un navegador tendrás toda la documentación legalmente formalizada. 

VALIDEZ LEGAL

Las firmas electrónicas de FIRMA son legales en la UE y en los EEUU. Al firmar se genera un documento probatorio con sellado de tiempo oficial.

TRANSACCIONES

Visualiza en tiempo real el estado en el que se encuentran tus peticiones de firma, para saber qué documentos ya se han firmado y cuáles no.

RECORDATORIOS DE FIRMA

Podrás enviar recordatorios si tus clientes o empleados tardan en firmar un documento. No se te pasará ningún plazo importante.

ALMACENAMIENTO

Gestiona todos tus documentos firmados desde la plataforma de FIRMA y accede a ellos en cualquier momento. 

Mira como te puede ayudar nuestro software de Firma digital

La opinión de nuestros expertos sobre Lefebvre Firma

Dpto. Comercial

Expertos de nuestro Dpto. Comercial

En este vídeo podrás conocer con detalle cómo trabajamos en Lefebvre a través de nuestros consultores especializados. Además de escucharte, realizamos un examen previo de las necesidades de tu negocio para encontrar la mejor solución a tu caso. Te ofrecemos un gran número de soluciones digitales que harán que tu negocio dé el salto que se merece.

Dpto. Atención al cliente

Expertos Dpto. de Atención al Cliente

En este vídeo descubrirás que para Lefebvre la satisfacción del cliente es primordial. Por eso, te ofrecemos un servicio personalizado y de calidad para responder siempre a todas las cuestiones de manera comprometida y solventar cualquier incidencia relacionada con los productos contratados de manera eficaz.  

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Puedes probar Lefebvre Firma sin ningún compromiso. Miles de clientes ya lo están usando cada día.

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CLIENT LINK

La única web con contenidos integrados que darán a tu negocio el impulso que se merece.

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LEX ON

Es la solución de gestión para despachos que te permitirá tener una visión estratégica de tu negocio.

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¿Qué es la firma digital?

El Rgto (UE) 910/2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, creó un nuevo marco normativo para la utilización de las firmas digitales y su prestación.

Dicho Reglamento ha sido objeto de transposición a nuestro ordenamiento mediante la Ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. En nuestro país, ambas normas se complementan y resultan aplicables directamente.

La Ley 6/2020 se aplica a los prestadores públicos y privados de servicios electrónicos de confianza establecidos en España, pero también a aquellos residentes o domiciliados en otro Estado que tengan un establecimiento permanente en nuestro país, siempre que ofrezcan servicios no supervisados por la autoridad competente de otro Estado Miembro.

Se considera firma digital o electrónica los datos en formato electrónico anejos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos que utiliza el firmante para firmar.

El firmante es la persona física que crea una firma electrónica.

La firma electrónica avanzada es la firma electrónica que cumple los siguientes requisitos:

– estar vinculada al firmante de manera única;

– permitir la identificación del firmante;

– haber sido creada utilizando datos de creación de la firma electrónica que el firmante puede utilizar, con un alto nivel de confianza, bajo su control exclusivo;

– estar vinculada con los datos firmados por la misma de modo tal que cualquier modificación ulterior de los mismos sea detectable.

Se considera firma electrónica cualificada a la firma electrónica avanzada que se crea mediante un dispositivo cualificado de creación de firmas electrónicas y que se basa en un certificado cualificado de firma electrónica.

Los documentos electrónicos públicos, administrativos y privados, tienen el valor y la eficacia jurídica que corresponda a su respectiva naturaleza, de conformidad con la legislación que les resulte aplicable.

Características de la firma digital

Se establecen peculiaridades en el uso de la firma electrónica por parte de notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, en consonancia con las diferencias que separan el sistema público de garantías consustanciales a la función de estos profesionales, a las características propias del procedimiento de la firma electrónica.

Lo dispuesto en la ley no sustituye ni modifica las normas que regulan las funciones de los funcionarios que tengan legalmente la facultad de dar fe en documentos en lo que se refiere al ámbito de sus competencias siempre que actúen con los requisitos exigidos legalmente.

Como aspectos más destacables, se encuentran:

a) La obligación que se impone a estos profesionales de disponer de una dirección de correo electrónico para sus comunicaciones oficiales.

b) La previsión de que el Consejo General del Notariado, y los Colegios de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España se constituyan en prestadores de certificación acreditados, a los únicos efectos de expedir certificados electrónicos) mediante los cuales se vinculen los datos de verificación de firma a la identidad, cualidad profesional y situación administrativa de los miembros en activo de dichas corporaciones, basándose en un dispositivo seguro de creación de firma.

c) La obligación para notarios y registradores de la propiedad y mercantiles de obtener de su respectiva corporación una firma electrónica avanzada, basada en un certificado reconocido, con un dispositivo seguro de creación de firma (es decir, deben disponer de una firma electrónica cualificada).

El software de firma digital

Los software de firma digital son los programas que permiten firmar un documento electrónico con autenticidad. Existen algunos programas de uso cotidiano, por ejemplo, Adobe Acrobat o Microsoft Word, que permiten firmar el mismo documento que se genera.

No obstante, este tipo de firma tiene dos inconvenientes, pues no todos los programas que generan documentos son capaces también de firmarlos.

En cambio, las herramientas o aplicaciones específicas de firma electrónica son capaces de firmar cualquier tipo de documento electrónico y ayudan a superar los inconvenientes anteriores.

Entre las diferentes herramientas de firma destacan las siguientes:

AutoFirma

Autofirma es una aplicación de firma realizada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, cuyo objetivo es ofrecer al usuario un sistema de firma en el que éste pueda firmar cualquier tipo de documento de manera sencilla.

Una vez instalada, la aplicación abrirá los documentos ofimáticos que hay en el disco duro de tu ordenador.

A continuación, habrá que elegir el certificado digital con el que se quiere firmar el documento. Se abrirá una ventana mostrándote los que haya disponibles, y sólo habrá que elegir uno y pulsar OK. Luego pulsa en Firmar, el certificado que permite firmar documentos se insertará en el propio texto.

Lefebvre Firma, nuestro programa de firma figital

Con Lefebvre FIRMA se puede enviar cualquier documento o contrato a firmar desde el panel de gestión sin necesidad de instalar ninguna aplicación. Facilita la firma de documentos y contratos a tus clientes, proveedores y empleados gracias a nuestra solución legal de firma electrónica.

Sin necesidad de aplicaciones, que permite a clientes y empleados podrán firmar documentos en menos de 30 segundos de forma rápida e intuitiva, sin necesidad de estar registrados en FIRMA.

Todo desde cualquier dispositivo (ordenador, tablet o móvil) con acceso a Internet y a un navegador y con plena validez legal, pues las firmas electrónicas de FIRMA son legales en la UE y en los EEUU, generándose un documento probatorio con sellado de tiempo oficial.

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