1 septiembre 2026
Limitación temporal a la adquisición de viviendas por entidades con actividad inmobiliaria
Desde el 1-10-2026 y hasta el 31-12-2028, las entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo objeto social incluya la adquisición de inmuebles tienen limitada la adquisición gratuita de viviendas y su adquisición onerosa por precio inferior al 70% de su valor de tasación. La medida se aplica con independencia de la forma jurídica de la entidad y prevé excepciones vinculadas, principalmente, al destino social o asequible de la vivienda.