1 agosto 2026
Condición de extraño en la cobertura en un incendio doloso causado por un socio
La cobertura por malquerencia de extraños solo alcanza al autor del incendio que actúa desde fuera de la esfera del asegurado. En una sociedad limitada, una participación relevante y los vínculos personales o societarios concurrentes impiden apreciar esa ajenidad aunque exista ruptura personal y apartamiento de la gestión.