13 octubre 2026
Regularización al retenedor cuando los perceptores no han presentado declaración
La Administración puede exigir al retenedor la retención no practicada, sin necesidad de regularizar previamente la situación tributaria de cada uno de los perceptores, bastando con que en el expediente conste que estos no han presentado declaración por el ejercicio y concepto afectado. Las cantidades regularizadas deberán incorporarse, en su caso, a una posterior regularización del IRPF que se practique al perceptor.