10 febrero 2026
Liquidación de una sociedad de gananciales con adjudicación a uno de los cónyuges de la totalidad del patrimonio común
Cuando en la liquidación de la sociedad de gananciales tras el divorcio, se adjudica la totalidad del patrimonio común a uno de los cónyuges, no existe un exceso de adjudicación, sino la adquisición gratuita por este cónyuge de la mitad del valor del mismo, por tanto sujeta al ISD.