1 agosto 2026
Inscripción del pacto sucesorio con transmisión actual y eficacia traslativa en vida del disponente
Se clarifica la aplicación de la LH art.15 en el contexto de pactos sucesorios con transmisión actual en vida del causante, distinguiendo entre el régimen jurídico sucesorio que solo opera post mortem y la transmisión inmediata a título singular, lo que implica que en vida no procede extender afección legitimaria sobre legados con eficacia presente. Además, resalta la interpretación coherente con la naturaleza jurídica de la legítima que protege derechos solo una vez el legitimario se configura tras el fallecimiento, matizando el ámbito de actuación registral y consolidando la autonomía del causante para disponer libremente de su patrimonio en vida sin tutela registral legitimaria previa.