1 julio 2026
Contratación irregular de menores. Excepciones
Con vigencia desde 25-5-2027, solo en casos excepcionales la autoridad laboral puede autorizar la intervención de personas menores de 16 años en actividades en las artes escénicas, audiovisuales o musicales, siempre que se realice por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de una empresa y ello no suponga peligro para su salud ni para su adecuado desarrollo emocional, educativo ni personal ni para su formación profesional.