Delitos de apropiación indebida y estafa en compraventa inmobiliaria

1 agosto 2026

Actualidad Penal. Agosto 2026

Delitos de apropiación indebida y estafa en compraventa inmobiliaria

Se aprecia responsabilidad penal del administrador único de una empresa promotora de viviendas por apropiación indebida y estafa, debido a la gestión de los fondos recibidos para finalizar las obras y la venta de estas, con ocultación de cargas y ocupantes.

MPEN nº 11302

Una mercantil, en cuyo desarrollo inicial dos administradores vendieron seis viviendas casi finalizadas a diversos compradores que entregaron sumas importantes, fue posteriormente adquirida por un tercero que, tras percibir más fondos para la finalización de obras sin destinarlos a ese fin, realizó la venta de toda la promoción a otras sociedades, ocultando cargas y ocupaciones anteriores a la transmisión.

El Tribunal considera responsable penalmente al administrador único por la comisión de delitos de apropiación indebida y estafa, confirmando la condena impuesta y rechazando la impugnación basada en la valoración probatoria y la denegación de pruebas.

La Sala destaca que la valoración probatoria fue completa, lógica y fundada en pruebas suficientes que acreditan cómo el acusado no destinó los fondos recibidos para la finalización de las obras y ocultó información relevante sobre la situación jurídica y posesoria de las viviendas, configurando así los elementos típicos de los delitos. Además, la denegación de pruebas solicitadas no causó indefensión ni alteró el sentido del fallo conforme a las normas procesales aplicables y la jurisprudencia consolidada.TS 8-7-26, EDJ 647510

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