Interesantes reflexiones sobre el Anteproyecto de la LECrim en la jornada de Lefebvre y Acountax
18 de marzo de 2021Juan Pujol, presidente de Lefebvre, y Manuel Lamela, presidente y socio director de la firma jurídica Acountax Madrid, junto con Pablo Molina socio del áre
También intervino Fernando Molina Fernández, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid, quien ha aclarado cuestiones acerca de la fase de instrucción, la nueva fase intermedia y la acreditación de indicios sobre delito y autoría. Sobre el contenido del anteproyecto de ley, Molina destacó la investigación como una fase esencial donde predomina la cuestión fáctica pero también una parte que tiene que ver con la adopción de medidas cautelares que tienen un contenido jurídico.
Posteriormente, el fiscal de Delitos Económicos del Ministerio de Justicia, Juan Antonio Frago aportó su análisis sobre la responsabilidad del Ministerio Fiscal como investigador y conductor de la fase de instrucción y su relación con la Policía Judicial. Durante su intervención, reconoció que “el actual anteproyecto nace de la fusión de los dos anteproyectos anteriores, sin embargo, no contempla problemas que se dan en la práctica y para los que no existe una solución”. En esta línea, ejemplificó varias situaciones que se producen de forma habitual pero que el nuevo anteproyecto sigue sin plantear una solución adecuada que las resuelva, lo que, en su opinión, “supone un retroceso”.Según el fiscal de Delitos Económicos del Ministerio de Justicia, Juan Antonio Frago: «El Anteproyecto es un texto con buenas intenciones, pero que sigue sin resolver cuestiones clave»Por último, Antonio del Moral García, magistrado del Tribunal Supremo, realizó un exhaustivo análisis sobre la figura del Juez de Garantías y sus funciones. Para el magistrado, “el Juez de Garantías es una figura pasiva. Es el Fiscal el que tiene que acudir al Juez de Garantías siempre que haya medidas inherentes de derechos fundamentales y pasa lo mismo con las medidas cautelares”. Estas son las normas antiguas, pero en el anteproyecto se destacan otras tres nuevas funciones que ha mencionado el magistrado: “el Juez de Garantías tiene el control de los plazos, además algunos decretos pueden ser susceptibles de recurso y, en cualquier momento, puede pedir el sobreseimiento por no ser los hechos constitutivos de delito”.