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Celebramos el Congreso Concursal analizando las claves de reestructuración e insolvencia

4 de octubre de 2023

Un año después de la reforma concursal (Ley 16/2022, de 5 de septiembre), los expertos hacen balance sobre su repercusión práctica para los profesionales, empresas, instituciones y operadores jurídicos y económicos que intervienen en los procedimientos de insolvencia y preinsolvencia.

El Congreso Concursal 2023 fue inaugurado por Juan Pujol, presidente de Lefebvre, y María Enciso, catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad Rey Juan Carlos y consultora en ONTIER.

Ignacio Sancho Gargallo, Magistrado de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, abrió la jornada con una ponencia sobre los primeros efectos de la reforma concursal, señalando que a pesar que el impacto general es” positivo”, se ha producido “un abuso en la aplicación de la exoneración de la deuda. Cuando se alimentan los fraudes estamos creando una máquina muy peligrosa”. 

Planes de reestructuración

A continuación, Francisco Javier Menéndez Estébanez, presidente de la Audiencia Provincial de Pontevedra; Carlos Nieto Delgado, magistrado-Juez del Juzgado Mercantil nº16 de Madrid; Cruz Amado, directora responsable de Reestructuraciones e Insolvencias en Deloitte Legal; Luis Miguel Sánchez Velo, director del Área de Reestructuraciones en la Asesoría Jurídica de Banco Santander, y Cayetana Lado, directora de Asesoría Jurídica de ICO y secretaria del Consejo, explicaban las consecuencias de los planes de reestructuración.

Tras ello, Enrique Sanjuán y Muñoz, magistrado especialista mercantil de la Audiencia Provincial de Málaga; Víctor Fernández González, magistrado especialista mercantil en excedencia y socio director del Área Jurídica de Lexaudit; Ángel Martín Torres, senior advisor, ex-CO responsable global de Restructuring en KPMG, y Javier Castresana, socio responsable del departamento de Concursal en Allen & Overy, se ocuparon de la figura del experto en reestructuración, así como de los principales acreedores. 

Juan Pujol presentó GenIA-L, la primera solución del mercado basada en Inteligencia Artificial Generativa especializada en contenido jurídico para poner en valor que somos pioneros en ofrecer una solución que proporciona a los profesionales legales y asesores de empresas una ventaja competitiva significativa.

Cuestiones prácticas

En la mesa enfocada en las cuestiones prácticas generadas por la reforma se analizó la incidencia de las reformas derivadas de la Ley 16/2022 que van más allá del objetivo de la Directiva. Participaron Francisco Javier Vaquer, magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº6 de Madrid; Gregorio de la Morena, socio director de DLM INSOLVIA, y María Luisa Tortosa, senior counsel en el Departamento de Reestructuraciones, Insolvencias & Situaciones Especiales de Ontier. Todos ellos trataron sobre las “discordancias” que aparecen en la norma.

Además, participaron Bárbara Córdoba, magistrada del Juzgado Mercantil nº 13 de Madrid; Moisés Guillamón, magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, y Alexandra Borrallo, socia del departamento de Dispute Resolution & Insolvency de KPMG Abogados, para examinar la experiencia concursal de los últimos años, que pone de manifiesto que muy pocas empresas consiguen superar la situación de insolvencia por medio de un convenio, tras la incorporación al derecho español de la figura del Pre-Pack holandés. 

Concurso de personas físicas y exoneración del pasivo

En la última mesa, José María Fernández Seijo, magistrado de la Sección decimoquinta de la Audiencia Provincial de Barcelona; Ana Belén Campuzano, catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad San Pablo CEU, y Raúl García Orejudo, magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº7 de Barcelona, detallaron las principales cuestiones prácticas sobre los cambios tanto en el régimen procesal, como en las condiciones y requisitos para la exoneración del pasivo insatisfecho. 

Al respecto, José María Fernández Seijo puntualizaba que “los acreedores no están actuando como parte demandante en un juicio normal desde el cambio de norma. Antes, éramos los jueces los que teníamos cierta capacidad de examen, control y modos de actuación en casos de concurso, pero ahora deberían ser los acreedores, y éstos no están”.

Hemos contado con la colaboración de Banco Santander, Deloitte Legal, Allen & Overy y KPMG.

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