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¿Cuándo son deducibles los gastos no declarados?
La Inspección entiende que los servicios prestados por varias personas y entidades al contribuyente eran simulados, bien por no existir, bien por existir pero ser distinto su importe o, haberlos realizado la propia entidad inspeccionada.
La Administración regulariza el IS de los ejercicios inspeccionados y, aunque en la liquidación admite como mayor gasto de salarios parte del importe pagado en negro que la Inspección considera justificados mediante la documentación aportada, rechaza el resto al no entender suficiente la documentación aportada.
La entidad inspeccionada considera que el importe de los gastos deducibles debe ser mayor, tanto por la documentación aportada, como por los ratios sectoriales, motivo por el cual, recurre en diversas instancias, llegando hasta la Audiencia Nacional.
Al respecto el Tribunal entiende que al resultar aplicable el régimen de estimación directa, para la deducibilidad de los gastos los mismos deben estar debidamente justificados, sin que asista al contribuyente el derecho subjetivo a la aplicación en todo caso de los ratios medios del sector en un determinado punto cuando se aleje de ellos por sus especiales circunstancias.
Considera, al igual que en las instancias previas, que no se pueden considerar deducibles los gastos al no poder identificar con claridad a qué concepto se corresponden, fechas concretas en las que se prestaron los servicios, y no contar con las facturas sino únicamente con recibís firmados de puño y letra, que no pueden tener otra consideración que la de documentos privados.
Así, aunque la entidad haya incluido nueva documentación justificativa de que el dinero de las facturas se destinaba a realizar pagos en efectivo no declarados del salario de los trabajadores, al no acreditar un elemento esencial, el alta de los trabajadores en la Seguridad Social, no puede considerarse que los importes estén destinados al pago de los trabajadores, y por tanto no son deducibles.
1. Período de generación de bien adquirido mediante arrendamiento financiero. Síntesis. Transmisión de bien adquirido mediante arrendamiento financiero. Cuestiones a recordar. Determinación de la base imponible en el IRPF.
2. Recientes autos de admisión del TS Síntesis:
3. Deducibilidad de gastos de personal no declarados
Síntesis. Cuándo son deducibles gastos no declarados.
Cuestiones a recordar. Requisitos para la deducibilidad de gastos en el IS.
Consejos. Carga de la prueba.
4. Procedimientos caducados: actos que interrumpen la prescripción cuando el procedimiento se inicia mediante declaración
Síntesis. Actos interruptivos de la prescripción en los procedimientos caducados. Cuestiones a recordar. Interrupción del plazo de prescripción del derecho a liquidar.
5. Consideración como entidades en régimen de atribución de rentas a determinadas entidades constituidas en el extranjero
Síntesis. Requisitos exigidos.
Cuestiones a recordar. Entes sometidos a atribución de rentas.
Apuntes y Consejos. Las comunidades siguen en atribución.
6. Donación de un negocio junto con una deuda asociada al mismo
Síntesis. Deuda vinculada a la donación.
Cuestiones a recordar. Cargas y deudas y gastos deducibles.
Consejo. La ganancia no se cuenta.
7. Nueva interpretación administrativa sobre el ámbito temporal de la restricción a la compensación de bases imponibles negativas
Síntesis. Momento a partir del cual se aplican las restricciones a la compensación de BIN de la LIS.
Cuestiones a recordar. Limitaciones en la compensación de BIN.
Apuntes y Consejos. Que no pase del 50%. Casos prácticos. Compensación de BIN cuando la entidad adquirida es inactiva.
8. Ayudas a la incorporación de jóvenes a la actividad agraria
Síntesis. Imputación temporal de estas ayudas en el IRPF.
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