Plan general
INTRODUCCIÓN
PRIMERA PARTE: LOS AUDITORES DE CUENTAS, CONTABLES Y ASESORES FISCALES ANTE EL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
1. Motivo por el que los asesores fiscales, contables y auditores de cuentas son sujetos obli gados de la ley de prevención de blanqueo de capitales
2. Concepto y definiciones
- 2.1. Concepto de blanqueo de capitales
- 2.2. Concepto de financiación del terrorismo
- 2.3. Definición de blanqueo de capitales
- 2.3.1. Definición de blanqueo de capitales en la Normativa Internacional
- 2.3.2. Definición de blanqueo de capitales en la Normativa Española
- 2.4. Definición de Financiación del Terrorismo
- 2.4.1. Definición de Financiación del Terrorismo en la Normativa Internacional
- 2.4.2. Definición de Financiación del Terrorismo en la Normativa Española
- 2.5. El impacto socio-económico de blanqueo de capitales y Financiación del Terrorismo
- 2.6. Concepto de moneda virtual y proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos
3. Principales organismos internacionales
- 3.1. El GAFI/FATF
- 3.1.1. Misión del GAFI
- 3.1.2. Aspectos destacables de la última evaluación mutua del GAFI a España
- 3.1.3. Documentos del GAFI
- 3.1.4. Tipologías y métodos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo según el GAFI
- 3.2. Otros organismos internacionales
4. La Unión Europea
- 4.1. Las Directivas comunitarias: La Cuarta y la Quinta Directiva
- 4.1.1. La Primera y Segunda Directiva
- 4.1.2. La Tercera Directiva
- 4.1.3. La Cuarta Directiva
- 4.1.4. La Quinta Directiva
- 4.2. Los auditores de cuentas, contables y asesores fiscales en el Informe de Evaluación Regional de Riesgos de la Comisión Europea 2017—2019 (vulnerabilidades y amena zas)
- 4.3. Plan de Acción de la Unión Europea: Paquete PBC-FT de 20 de julio de 2021
5. Las fases del blanqueo de capitales
- 5.1. Las fases del blanqueo según el GAFI
- 5.2. Las fases del blanqueo según otros autores
6. El enfoque basado en el riesgo (RBA)
- 6.1. El enfoque basado en el riesgo para auditores de cuentas, contables y asesores fis cales emitido por el GAFI
- 6.1.1. Concepto del enfoque basado en el riesgo (Risk Based Approach — RBA)
- 6.1.2. La implementación del enfoque basado en el riesgo
- 6.1.3. Categorías de riesgo más comunes según el GAFI
- 6.1.4. Aplicabilidad del enfoque basado en el riesgo a la prevención de la financia ción del terrorismo según el GAFI-FATF
- 6.2. El enfoque basado en el riesgo en la normativa española
- 6.3. Análisis Nacional de Riesgo (España 2020)
7. La normativa española en Prevención de blanqueo de capitales y financiación del Terroris mo (PBC-FT)
- 7.1. Objeto de la Ley 10/2010 sobre PBC-FT y del Reglamento
- 7.2. Situación actual de la normativa en PBC-FT
- 7.2.1. La Ley 10/2010 de PBC-FT
- 7.2.2. El Reglamento de la LBPC-FT (RD 304/2014)
- 7.2.3. La OM 2444/2007 sobre el modelo del informe del experto externo
- 7.2.4. Las Recomendaciones del SEPBLAC de abril de 2013
- 7.2.5. Otras normas y documentos: OCPs, CORs, etc
- 7.3. Los sujetos obligados de la Ley 10/2010 PBC-FT
- 7.4. La figura del asesor fiscal, contable y el auditor de cuentas como sujeto obligado
8. El delito de blanqueo de capitales y los delitos subyacentes
- 8.1. Bien jurídico protegido
- 8.2. Objeto del delito
- 8.3. La acción típica del delito
- 8.3.1. Conductas de tipo penal
- 8.3.2. Autoblanqueo
- 8.3.3. Bienes constitutivos del objeto penal
- 8.3.4. Ocultación o encubrimiento
- 8.3.5. Tipos agravados
- 8.3.6. Excepción de territorialidad
- 8.3.7. Actos preparatorios
- 8.3.8. Relaciones concursales
- 8.3.9. Irresponsabilidad o exención de pena en el delito subyacente
- 8.3.10. Decomiso
- 8.3.11. Delito continuado y tipos que incluyen conceptos globales
- 8.4. Sujetos del delito de blanqueo
- 8.4.1. Autor
- 8.4.2. Coautor
- 8.4.3. Partícipe
- 8.4.4. Cooperación necesaria
- 8.4.5. Testaferro
- 8.4.6. Abogados y asesores fiscales
- 8.5. Ignorancia deliberada y delito imprudente de blanqueo de capitales
- 8.5.1. Ignorancia deliberada
- 8.5.2. Delito imprudente
- 8.6. Los delitos subyacentes al blanqueo de capitales
- 8.6.1. Estadística de los delitos subyacentes en España
- 8.7. El fraude fiscal como delito subyacente del blanqueo de capitales
- 8.7.1. Análisis de posturas doctrinales
- 8.7.2. La Sentencia del Tribunal Supremo 974/2012 (caso Ballena Blanca)
- 8.7.3. Después de la Sentencia del caso «Ballena Blanca»
- 8.7.4. Situación tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2012
- 8.7.5. Posibilidad de perseguir por delito de blanqueo de capitales una vez regula rizada la situación tributaria
- 8.8. Tratamiento penal del papel de los Asesores fiscales
- 8.8.1. Limites penales al papel de los asesores en cuanto al delito fiscal
- 8.8.2. Limites penales al papel de los asesores en cuanto al blanqueo de capitales
- 8.8.3. La Sentencia del caso Messi
- 8.8.4. Sobre la conducta diligente de los asesores fiscales frente a los riesgos penales por fraude fiscal o blanqueo de capitales
- 8.9. La importancia de la prueba indiciaria en los delitos de blanqueo de capitales
9. Casos judiciales de interés referidos a sujetos obligados de la Ley 10/2010
SEGUNDA PARTE: OBLIGACIONES EN PBC-FT IMPUESTAS A LOS AUDITORES DE CUENTAS, CONTABLES Y ASESORES FISCALES POR LA LEY 10/2010 Y SUS NORMAS DE DESARROLLO 119
1. Esquema y flujo de las obligaciones administrativas en PBC-FT
2. Medidas de diligencia debida
- 2.1. Medidas normales de diligencia debida
- 2.1.1. Identificación formal
- 2.1.2. Identificación del titular real
- 2.1.3. Propósito e índole de la relación de negocios
- 2.2. Medidas simplificadas de diligencia debida
- 2.3. Medidas reforzadas de diligencia debida
- 2.3.1. Medidas reforzadas de diligencia debida en el caso de personas políticamen- te expuestas (PEPs)
- 2.4. Aplicación de las medidas de diligencia debida
- 2.5. Casos prácticos
- 2.5.1. Caso práctico sobre auditoría de cuentas
- 2.5.2. Caso práctico sobre contables externos
- 2.5.3. Caso práctico sobre asesores fiscales
3. Obligaciones de información ..
- 3.1. Alertas y operaciones susceptibles de BC-FT
- 3.1.1. Obligaciones establecidas
- 3.1.2. Catálogos de Operaciones de Riesgo aplicables por los auditores de cuentas, contables y asesores fiscales
- 3.1.3. El tratamiento del riesgo país según la Comisión de Prevención del blanqueo de capitales e Infracciones Monetarias
- 3.2. El informe interno de operaciones sospechosas
- 3.3. El examen especial
- 3.4. La comunicación por indicio al SEPBLAC
- 3.5. Otras obligaciones de información
- 3.5.1. La abstención de la ejecución
- 3.5.2. La prohibición de revelación
- 3.5.3. La conservación de los documentos
- 3.5.4. Los requerimientos de las autoridades
- 3.6. Casos prácticos
- 3.6.1. Caso práctico sobre auditoría de cuentas
- 3.6.2. Caso práctico sobre contables externos
- 3.6.3. Caso práctico sobre asesores fiscales
4. Medidas de control interno
- 4.1. Medidas de control interno del sistema de PBC-FT
- 4.1.1. Medidas de control interno del sistema de PBC-FT hasta el RD-ley 11/2018
- 4.1.2. Medidas de control interno del sistema de PBC-FT después del RD-ley 11/2018
- 4.2. El régimen de umbrales previsto en el artículo 31 del Reglamento (RD 304/2014)
- 4.2.1. Procedimientos de control interno
- 4.2.2. Propuesta de interpretación de los umbrales de conformidad con la Reco mendación 2003/361 de la Comisión
- 4.3. El informe o documento de autoevaluación del riesgo
- 4.3.1. Normativa (Reglamento PBC-FT — Recomendaciones SEPBLAC 2013)
- 4.3.2. Propuesta de algoritmo base para el cálculo del riesgo residual del sujeto basado en la metodología del SNRA-2017 y el ANR-ES-2020
- 4.4. El manual de PBC-FT y la adecuación de procedimientos de control interno
- 4.4.1. El Manual de Procedimientos de PBC-FT
- 4.4.2 La adecuación de procedimientos de control interno de PBC-FT
- 4.5. Los órganos de control interno
- 4.5.1. Órganos de control interno según el artículo 35 Reglamento LBP-FT (RD 304/2014)
- 4.5.2. Órganos de control interno según las Recomendaciones del SEPBLAC de 2013
- 4.6. Las medidas de control interno a nivel de grupo
- 4.7. Las medidas de control interno a colaboradores (agentes y otros mediadores)
- 4.7.1. Medidas de control interno de aplicación a los agentes (art.37 Reglamento LPBC-FT — RD 304/2014)
- 4.7.2. Agentes y otros mediadores según las Recomendaciones del SEPBLAC de 2013
- 4.8. El examen externo y la verificación interna
- 4.8.1. Examen externo
- 4.8.2. Verificación interna
- 4.9. La formación
- 4.10. Contratación, protección e idoneidad de empleados, directivos y colaboradores
- 4.10.1. Protección e idoneidad de empleados, directivos y agentes (artículo 30 Ley 10/2010 de PBC-FT)
- 4.10.2. Altos estándares éticos en la contratación de empleados, directivos y agentes (artículo 40 Reglamento de la PPBC-FT)
- 4.11. Tratamiento de las sucursales y filiales en terceros países
- 4.12. La protección de datos de carácter personal
- 4.12.1. Intercambio de información entre sujetos obligados y ficheros centralizados de prevención del fraude (artículo 33 Ley 10/2010 de PBC-FT)
- 4.13. Casos prácticos
- 4.13.1. Caso práctico sobre auditores de cuentas
- 4.13.2. Caso práctico sobre contables externos
- 4.13.3. Caso práctico sobre asesores fiscales
5. La organización institucional de la PBC-FT en España
- 5.1. La Comisión de Prevención del blanqueo de capitales e Infracciones Monetarias (CPBCIM)
- 5.2. La Secretaría de la Comisión
- 5.3. El Servicio Ejecutivo de la Comisión (El SEPBLAC)
6. El régimen sancionador
- 6.1. Infracciones
- 6.1.1. Infracciones muy graves
- 6.1.2. Infracciones graves6.1.3. Infracciones leves
- 6.2. Responsabilidades
- 6.2.1. Responsabilidad de administradores y directivos
- 6.2.2. Exigibilidad de la responsabilidad administrativa
- 6.3. Sanciones
- 6.3.1. Sanciones por infracciones muy graves
- 6.3.2. Sanciones por infracciones graves
- 6.3.3. Sanciones por infracciones leves
- 6.3.4. Graduación de las sanciones
- 6.4. Prescripción
- 6.5. Procedimiento sancionador y medidas cautelares
- 6.6. Concurrencia de sanciones y vinculación con el orden penal
- 6.7. Comunicación de infracciones
- 6.8. Tratamiento de las comunicaciones e infracciones de los empleados, directivos y agentes de los sujetos obligados al SEPBLAC
- 6.9. Protección de las personas (empleados, directivos y agentes de los sujetos obligados que realizan comunicaciones de infracciones al SEPBLAC)
7. Últimas actuaciones del SEPBLAC y de la Comisión
8. Los medios de pago después de la trasposición de la V Directiva
- 8.1. Obligación de declarar los medios de pago
- 8.2 Medios de pago a los efectos de la Ley 10/2010 PBC-FT
- 8.3. Modelo de declaración de los medios de pago a los efectos de la Ley 10/2010 PBC-FT
- 8.4. Control e intervención de los medios de pago
- 8.4.1. Control de los medios de pago
- 8.4.2. Intervención de los medios de pago e inicio del procedimiento sancionador
TERCERA PARTE: LA REVISIÓN EXTERNA POR EXPERTO INDEPENDIENTE DE PBC-FT
1. La problemática de la revisión. Los expertos externos en prevención de blanqueo de capi tales
- 1.1. La habilitación como experto externo
- 1.2. Condiciones académicas y experiencia profesional del experto externo
- 1.2.1. Certificación INBLAC
- 1.2.2. Acreditación ENAC para Organismos de Inspección para la PBC-FT
2. Normas de auditoría aplicables por el experto independiente
- 2.1. La Guía 17 del ICJCE
- 2.2. ISO 19011: Directrices para la Auditoría de Sistemas de Gestión
- 2.3. Normas de auditoría interna
- 2.4. Normas de auditoría externa (NIAS-ES)
3. Evaluación del experto independiente sobre la eficacia operativa
- 3.1. La OM 2444/2007
- 3.2. Las pruebas y muestreos. Hallazgos, incidencias y deficiencias. Rectificaciones y mejoras
- 3.3. El sistema de valoración del desempeño del GAFI
4. El informe del experto independiente
- 4.1. El Anexo de la OM 2444/2007
- 4.1.1. Información general sobre el sujeto obligado
- 4.1.2. Normativa interna
- 4.1.3. Órganos de control interno y comunicación
- 4.1.4. Identificación y conocimiento de los clientes
- 4.1.5. Conservación de la documentación de clientes y operaciones
- 4.1.6. Detección por operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blan queo de capitales
- 4.1.7. Análisis de operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo de capitales
- 4.1.8. Comunicación de operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo de capitales
- 4.1.9. Declaración mensual obligatoria de operaciones
- 4.1.10. Cumplimentación de los requerimientos del servicio ejecutivo u otras autori dades
- 4.1.11. Formación
- 4.1.12. Filiales y sucursales
- 4.1.13. Agentes y otros mediadores
- 4.1.14. Verificación interna
- 4.1.15. Otros extremos relevantes no cubiertos por los apartados anteriores
- 4.2. Estructura de un informe completo de PBC-FT
- 4.3. Estructura de un informe de seguimiento de PBC-FT
ANÁLISIS COMPARATIVO DE LAS MODIFICACIONES EN LA LEY 10/2010 DE PBC-FT. REAL DECRETO-LEY 11/2018 DE 31 DE AGOSTO, DE TRANSPOSICIÓN DE LA 4AMLD EN MATERIA DE PBC-FT (BOE 4 DE SEPTIEMBRE DE 2018). REAL DECRETO-LEY 7/2021 DE 27 DE ABRIL, DE TRANSPOSICIÓN DE LA 5AMLD EN MATERIA DE PBC-FT (BOE 28 DE ABRIL DE 2021)
1. Introducción
2. Análisis comparativo
- 2.1. Disposiciones generales
- 2.1.1. El apartado 4 del artículo 1. Objeto, definiciones y ámbito de aplicación (4AMLD). Se añaden los nuevos apartados 5, 6 y 7 al artículo 1 (5AMLD)
- 2.1.2. Las letras o) y u) del apartado 1 del artículo 2. Sujetos obligados (4AMLD). Se modifican las letras b), h), k), l), m) y r) y se añade la letra z) en el apartado 1 (5AMLD)
- 2.1.3. El apartado tercero del artículo 2. Sujetos obligados (4AMLD). Se modifica el apartado 4 del artículo 2 (AMLD)
- 2.2. Medidas normales de diligencia debida
- 2.2.1. El apartado primero del artículo 3 Identificación formal (5AMLD)
- 2.2.2. El artículo 4. Identificación del titular real (4AMLD). Se añade un apartado b bis) al artículo 4.2 y se modifican los apartados 1.º y 3.º del artículo 4.2.c) (5AMLD)
- 2.2.3. Se añade un nuevo artículo 4 bis y un 4 ter (5AMLD)
- 2.2.4. Los apartados 5 y 6 y el nuevo apartado 7 del artículo 7. Aplicación de las medidas de diligencia debida (4AMLD). Se modifican los apartados 2 y 4, y se añade un nuevo apartado 8 al artículo 7 (5AMLD)
- 2.2.5. Los apartados 1 y 2 del artículo 8. Aplicación por terceros de las medidas de diligencia debida (4AMLD)
- 2.3. Medidas reforzadas de diligencia debida
- 2.3.1. El artículo 11. Medidas reforzadas de diligencia debida (4AMLD)
- 2.3.2. Se modifica la letra a) del apartado 1 del artículo 12 Relaciones de negocio y operaciones no presenciales (5AM.D)
- 2.3.3. El artículo 13. Corresponsalía bancaria transfronteriza (4AMLD)
- 2.3.4. El artículo 14. Personas con responsabilidad pública (4AMLD). Se modifican las letras b) y c) y se añade una nueva letra e) en el apartado 3 del artículo 14 (5AMLD)
- 2.3.5. Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 15 Tratamiento de datos de per sonas con responsabilidad pública (5AMLD)
- 2.4. De las obligaciones de información
- 2.4.1. Se modifica el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 18 Comunicación por indicio (5AMLD)
- 2.4.2 Se modifica la letra a) del apartado 2 del artículo 24 Prohibición de revelación (5AMLD)
- 2.4.3. El apartado 1 del artículo 25. Conservación de documentos (4AMLD). Se aña de un nuevo apartado 3 al artículo 25 (5AMLD)
- 2.5. Del control interno
- 2.5.1. El artículo 26. Políticas y procedimientos (4AMLD)
- 2.5.2. Se añade un nuevo artículo 26 bis. Procedimientos internos de comunicación de potenciales incumplimientos (4AMLD)
- 2.5.3. Se añade un nuevo artículo 26 ter. Órgano de control interno y representante ante el Servicio Ejecutivo (4AMLD)
- 2.5.4. El apartado 1 del artículo 27. Órganos centralizados de prevención (4AMLD)
- 2.5.5. El apartado 1 del artículo 28. Examen externo (4AMLD)
- 2.5.6. El artículo 30. Protección e idoneidad de empleados, directivos y agentes (4AMLD)
- 2.5.7. Se modifica el apartado 2 y se añade un apartado 3 al artículo 31 Sucursales y filiales en terceros países (5AMLD)
- 2.5.8. Se añade un artículo 32 bis. Protección de datos en el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida. (5AMLD)
- 2.5.9. El apartado 4 del artículo 33. Intercambio de información entre sujetos obli gados y ficheros centralizados de prevención del fraude (4AMLD)
- 2.6. Medios de pago
- 2.6.1 Se modifica el artículo 34 Obligación de declarar (5AMLD)
- 2.6.2 Se modifica el artículo 35 Control e intervención de los medios de pago (5AMLD)
- 2.7. Otras disposiciones
- 2.7.1. El artículo 38. Comercio de bienes (4AMLD)
- 2.7.2. Se modifica el artículo 43 Fichero de Titularidades Financieras (5AMLD)
- 2.8. De la organización institucional
- 2.8.1. Se modifica la letra n) y se incluyen las nuevas letras ñ) y o) en el artículo 44.2 (5AMLD)
- 2.8.2. Se modifica el primer párrafo del apartado 1 del artículo 46 Informes de inte ligencia financiera (5AMLD)
- 2.8.3. El artículo 47. Supervisión e Inspección (4AMLD)
- 2.8.4. El artículo 48. Régimen de colaboración (4AMLD). Se modifica el apartado 4 del artículo 48 (5AMLD)
- 2.8.5. Se añade un nuevo artículo 48 bis. Cooperación internacional (4AMLD). Se modifica el apartado 1 del artículo 48 bis (5AMLD)
- 2.9. Del régimen sancionador
- 2.9.1. Las letras e) a g) del apartado 1 del artículo 51. Infracciones muy graves (4AMLD)
- 2.9.2. Las letras m) a w) del apartado 1 del artículo 52. Infracciones graves (4AMLD). Se modifican las letras b), m) y v) del apartado 1 del artículo 52 (5AMLD)
- 2.9.3. El apartado 5 del artículo 52. Infracciones graves (4AMLD)
- 2.9.4. El artículo 56. Sanciones por infracciones muy graves (4AMLD)
- 2.9.5. El artículo 57. Sanciones por infracciones graves (4AMLD)
- 2.9.6. El artículo 58. Sanciones por infracciones leves (4AMLD)
- 2.9.7. El artículo 59. Graduación de sanciones (4AMLD)
- 2.9.8. Los apartados 5 y 6 y el nuevo apartado 7 del artículo 61. Procedimiento san cionador y medidas cautelares (4AMLD). Se modifica el apartado 2 del artícu lo 61 (5AMLD)
- 2.9.9. Se añade un nuevo artículo 63. Comunicación de infracciones (4AMLD)
- 2.9.10. Se añade un nuevo artículo 64. Tratamiento de las comunicaciones (4AMLD) 337
- 2.9.11. Se añade un nuevo artículo 65. Protección de las personas (4AMLD). Se añade un apartado 5 al artículo 65 (5AMLD)
- 2.10. Disposiciones adicionales
- 2.10.1. Disposición adicional única. Registro de prestadores de servicios a socieda des y fideicomisos (4AMLD). La disposición adicional única se convierte en disposición adicional primera (5AMLD)
- 2.10.2. Nueva disposición adicional segunda Registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos (5AMLD)
- 2.10.3. Nueva disposición adicional tercera Registro de Titularidades Reales (5AMLD)
- 2.10.4. Nueva disposición adicional cuarta Acceso al Registro de Titularidades Rea les (5AMLD)
- 2.10.5. Nueva disposición adicional quinta Forma y plazo para la declaración en el Fichero de Titularidades Financieras (5AMLD)
- 2.10.6. Nueva disposición adicional sexta Plazo para la creación del Registro de Titu laridades Reales (5AMLD)
3. Modificación Reglamento de la Ley 10/2010 (RD 304/2014) por Real Decreto-ley 7/2021 (5AMLD)
CUADROS
- Cuadro núm. 1. Concepto de blanqueo de capitales. Gregorio Labatut Serer
- Cuadro núm. 2. Concepto de financiación del terrorismo. Gregorio Labatut Serer
- Cuadro núm. 3. Definición internacional de blanqueo de capitales. Gregorio Labatut Serer
- Cuadro núm. 4. Fases del blanqueo de capitales según GAFI. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 5. El riesgo mediante la combinación de la probabilidad y el impacto. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 6. Componentes intrínsecas o esenciales de una gestión de riesgos. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 7. Cóctel o mix de la gestión de riesgos. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 8. Ejemplo Cóctel de Test de Riesgo Cliente. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 9. Análisis de riesgo según el Reglamento LPBC-FT. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 10. Flujo de obligaciones administrativas en PBC-FT. Las siguientes figuras del presente capítulo desarrollan este cuadro. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 11. Alertas y operaciones sospechosas de BC-FT según el Reglamento LPBC-FT. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 12. C.O.R. publicados por la Comisión de PBC-IM. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 13. Estructura del C.O.R. de sectores profesionales publicado por la Comisión de PBC-IM. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 14. Criterios comunes de riesgo geográfico publicados por la Comisión de PBC-IM. Joaquín Mena
- Cuadro núm.15. Sobre el requerimiento del examen especial. Gregorio Labatut Serer
- Cuadro núm.16. Obligación de comunicación al SEPBLAC. Gregorio Labatut Serer
- Cuadro núm. 17. Relación de los umbrales del Reglamento LPBC-FT con la Recomendación 2003/361 de la Comisión. Joaquín Mena C
- Cuadro núm. 18. Comparación balance (activo) Directiva 2013/34/UE y PGCs 2007. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 19. Matriz de Riesgo SNRA. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 20. Niveles de Riesgo Residual SNRA. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 21. Matriz de riesgo residual basada en la metodología de la SNRA 2017 y en el Análisis Nacional de Riesgos 2020. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 22. Controles adicionales según el apetito de riesgo. Joaquín Mena
- Cuadro núm. 23. Resumen de la organización institucional de la PBC-FT en España. Gregorio Labatut Serer
TABLAS
- Tabla núm. 1. Esquema 40 Recomendaciones FATF-GAFI 2012. Joaquín Mena
- Tabla núm. 2. Conclusiones en el informe de las amenazas y vulnerabilidades. Joaquín Mena
- Tabla núm. 3. Comparativa SNRA 2017-2019 amenazas y vulnerabilidades servicios contables, auditores y asesores fiscales. Joaquín Mena
- Tabla núm. 4 Esquema de obligaciones de medidas de diligencia debida. Joaquín Mena
- Tabla núm. 5. Esquema de obligaciones de información y comunicación. Joaquín Mena
- Tabla núm. 6. Esquema de obligaciones de control interno. Joaquín Mena
- Tabla núm. 7. Modificaciones en medidas de control interno en la LPBC-FT por el RD-ley 11/2018. Joaquín Mena .
- Tabla núm. 8. Propuesta de solución de aplicación umbrales art.31 Reglamento LPBC-FT. Joa quín Mena
- Tabla núm. 9. Comparativa RPBC-FT vs Código Penal. Francisco Bonatti