24 febrero 2026
Derogación de las medidas aprobadas por el RDL 2/2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
28 de octubre a 3 de noviembre de 2025
Con efectos desde el 4-7-2025, la Autoridad competente de España pasa a ser signataria del referido acuerdo, siendo parte del Convenio sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, que establece el intercambio automático de información sobre la declaración informativa GloBE del grupo de empresas multinacionales recibida de la matriz última o de una declarante designada ubicadas en su Jurisdicción que sea pertinente para esas Jurisdicciones.
8Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio de información GloBEEDL 2025/19660, BOE 31-10-25
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Encontrarás el mejor análisis de todos los aspectos relacionados con el procedimiento tributario que está rigurosamente actualizado con la última legislación, jurisprudencia y doctrina administrativa. Esta edición contiene la modificación de la LGT en el marco de la lucha contra el fraude, mediante la transposición al ordenamiento interno de las directivas ATAD y DAC6.
Precio
136 €
24 febrero 2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
24 junio 2025
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para el período impositivo 2024.
10 enero 2023
Cuando se perciban prestaciones de diversos planes de pensiones, el régimen transitorio previsto en la normativa del Impuesto, que prevé la aplicación a dichas prestaciones de la reducción bajo el cumplimiento de ciertos requisitos (LIRPF disp.trans.12ª), podrá aplicarse a todas las cantidades percibidas en forma de capital (pago único) en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente y en los dos ejercicios siguientes, y no solamente en un ejercicio.