1 junio 2026
Compensación de bases imponibles negativas de la adquirente en fusiones inversas
Aunque no se prevea de forma expresa, en estas fusiones realizadas al amparo del régimen de reorganizaciones empresariales, no cabe compensar bases imponibles negativas si supone un doble aprovechamiento de pérdidas fiscal, por haber sido ya deducidas por socios anteriores.