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7 abril 2026
Modificación de la regulación del Ingreso mínimo vital
La prestación del Ingreso mínimo vital queda modificada en referencia a los requisitos de acceso y a la actualización de la cuantía, entre otras cuestiones. Así, en las solicitudes de revisión por cambios en la unidad de convivencia por salida de un miembro del domicilio, con efectos desde el 10-4-2026, no se exigen los seis meses de residencia continuada para quienes permanecen en ella; y la cuantía se actualiza dos veces al año en función de los ingresos computables del ejercicio anterior, siendo la primera provisional y la segunda definitiva.