Novedades en los plazos de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones por los incendios en Galicia

2 septiembre 2025

Actualidad. 26 de agosto a 1 de septiembre de 2025

Novedades en los plazos de presentación e ingreso de declaraciones y autoliquidaciones por los incendios en Galicia

Se han ampliado los plazos de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones de los impuestos aplicados por la Agencia Tributaria de Galicia para los afectados por los incendios forestales en Galicia.

  • MF nº 13297 s.
  • MPT nº 3435 s., 3465 s.
  • MSUCI nº 9154
  • MITP nº 18405
  • MIES nº 8927 s.

Con efectos desde el 30-8-2025, en el ámbito de los impuestos aplicados por la Agencia Tributaria de Galicia, se ha aprobado la ampliación hasta el 30-9-2025 de los plazos relativos a las obligaciones tributarias consistentes en la presentación de declaraciones, autoliquidaciones y documentación complementaria, el ingreso de la deuda tributaria autoliquidada y la presentación de solicitudes de prórroga para la presentación de autoliquidaciones y documentación del Impuesto sobre sucesiones, que no estuviesen vencidos en la fecha de inicio de los incendios producidos en Galicia a partir de 28-7-2025 que provocaron la activación del Plan Especial contra Incendios Forestales de Galicia (Peifoga) en situación 2.
El ámbito subjetivo de aplicación de esta medida comprende a los siguientes obligados tributarios:

  • los que tengan su domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados por los referidos incendios;
  • los que, sin tener domicilio fiscal en los ayuntamientos afectados, tuviesen un establecimiento comercial, industrial, turístico y/o mercantil o instalaciones y/o explotaciones forestales, agrícolas o ganaderas radicados en ellos.
Para la aplicación de esta ampliación, se exige la previa solicitud mediante escrito presentado junto con la declaración, autoliquidación o solicitud de prórroga.
En el supuesto de cumplimiento de las obligaciones de forma extemporánea en la fecha de publicación de la Orden Galicia 29-8-25EDL 2025/15942 en el DOG (30-8-2025), se puede presentar la solicitud de aplicación de la ampliación hasta el 30-9-2025.Orden Galicia 29-8-25EDL 2025/15942, DOG 30-8-25
NOTA
Como consecuencia de los citado incendios forestales, también se ha acordado la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para los procedimientos administrativos, incluidos los de los recursos y los de cumplimiento de trámites, de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y sus entidades del sector público (D Galicia 76/2025 disp.adic.4ª).

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