7 abril 2026
Aplazamiento excepcional de deudas tributarias en Navarra
Se adoptan medidas de aplazamiento excepcional de deudas tributarias en respuesta a las consecuencias económicas por la crisis en Oriente Medio.
Con efectos desde el 1-1-2025, se establece el plazo para que el sujeto pasivo regularice su situación tributaria en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos para la aplicación de los beneficios fiscales establecidos por la Comunidad Autónoma de Canarias.
MSUCI nº 9148
A estos efectos, se considera beneficio fiscal aquel que establezca exenciones, reducciones a la base imponible, deducciones en cuota y cualquier otro incentivo fiscal.
Con efectos desde la fecha indicada, cuando se produzca un incumplimiento de los requisitos exigidos para la aplicación de los beneficios fiscales establecidos por la Comunidad Autónoma de Canarias, el sujeto pasivo debe regularizar su situación tributaria presentando una autoliquidación complementaria en el plazo de un mes desde el día siguiente a aquel en que se produzca el hecho determinante del incumplimiento, ingresando la parte dejada de ingresar junto con los intereses de demora.
NOTA
Aunque la fecha de entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026 está prevista, con carácter general, el 1-1-2026 (L Canarias 9/2025 disp.final 18ª), en el caso particular de la modificación del DLeg Canarias 1/2009, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, se fija el 1-1-2025 (L Canarias 9/2025 disp.final 11ª).
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