1 octubre 2025
Determinación de la naturaleza privativa o ganancial de fondos depositados en cuentas conjuntas
Cuando el dinero depositado en cuentas conjuntas de cónyuges sometidos al régimen de gananciales proviene de una cuenta común y no se acredita la trazabilidad directa con fondos privativos anteriores, se presume la ganancialidad de dichos depósitos, y el titular que alega la naturaleza privativa debe probar el origen privativo del dinero para ejercer el derecho de reembolso conforme al régimen de gananciales