Revalorización y complemento por mínimos de las pensiones de Clases Pasivas

20 enero 2026

Actualidad. 20 a 26 de enero de 2026

Revalorización y complemento por mínimos de las pensiones de Clases Pasivas
El desarrollo reglamentario del RDL 16/2025 establece las reglas revalorización y el sistema de reconocimiento de complementos por mínimos en las pensiones de Clases Pasivas del Estado durante 2026.
MS nº 2500 MEP nº 6565 s.

A partir del 1-1-2026, se revalorizan los haberes reguladores aplicables para la determinación inicial de las pensiones de Clases Pasivas del Estado de acuerdo con los importes que figuran en el anexo III. La revalorización de las pensiones concurrentes de Clases Pasivas del Estado se efectúa de la misma forma que la del sistema de la Seguridad Social. En el año 2025 no se revalorizan las pensiones públicas siguientes:

  • Las pensiones de Clases Pasivas del Estado reconocidas a favor de los Camineros del Estado causadas antes del 1-1-1985, con excepción de aquellas cuyo titular solo percibiera esta pensión como tal caminero.
  • Las pensiones de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado que, a 31-12-2024, hubieran ya alcanzado las cuantías correspondientes al 31-12-1973.

Se fija el sistema de reconocimiento de complementos por mínimos en las pensiones de Clases Pasivas del Estado, que es el mismo que el establecido para las pensiones del sistema de Seguridad Social.RD 39/2026 art. 3, 6, 8 a 10, 13, 16 27, disp.adic.3ª, 4ª, 5ª y 6ª y anexo III, BOE 22-1-26

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