Actualidad: 24 a 30 de marzo de 2026
Modificación de los requisitos en la implantación del tacógrafo digital- Se adaptan los requisitos de obtención de tarjetas de conductor para cumplir con las exigencias de disposición de tacógrafo en los vehículos dedicados al transporte internacional de mercancías con masa máxima autorizada superior a 2,5 toneladas.
MS nº
8964 s. MTT nº
253819
Desde el 1-7-2026 es obligatorio el tacógrafo en los vehículos de transporte de mercancías por carretera cuya masa máxima autorizada sea superior a 2,5 toneladas (
Rgto (UE) 165/2014). Para incentivar el
transporte profesional de mercancías en vehículos impulsados por combustibles alternativos con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg. e inferior a 4.250 kg., y que se cumplan las exigencias de disposición de tacógrafo en vehículos dedicados al transporte internacional de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 2,5 toneladas, deben adaptarse los requisitos de
obtención de tarjetas de conductor y permitir su expedición a los titulares de un permiso de clase B (OM FOM/1190/2005 -redacc
OM TRM/282/2026).
Además, se revisan las
condiciones para acreditar la identidad y residencia del interesado en la expedición de la tarjeta de conductor, con el fin de evitar cargas y retrasos en la tramitación.
OM TRM/282/2026, BOE 28-3-26; OM FOM/1190/2005 -redacc OM TRM/282/2026, BOE 28-3-26