Actualidad: 3 a 9 de marzo de 2026
Falta de reserva de plazas para personas con discapacidad en la oferta de empleo público de estabilizaciónSe declara la nulidad parcial de la oferta de empleo público de estabilización en la AGE por la omisión de la reserva legal de plazas para personas con discapacidad.
- MS nº 2510
- MEP nº 553, 597
Se impugna la norma que aprueba la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado (RD 1227/2023). La demanda cuestiona el número de plazas ofertadas para determinados cuerpos y denuncia, además, la falta de motivación del acto y la ausencia de reserva de plazas para personas con discapacidad en los Cuerpos de Gestión de la Administración Civil del Estado y General Auxiliar de la Administración del Estado.
Sobre este último punto, la jurisprudencia ha establecido que las ofertas de empleo público, también en los procesos de estabilización y aunque el acceso se realice por concurso de méritos, deben prever el cupo de reserva correspondiente. Su omisión vulnera el mandato legal de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad y determina la nulidad de la oferta en ese punto.
No obstante, el recurso se estima parcialmente, ya que se mantiene la validez de la oferta en cuanto al número de plazas y su motivación.
TS cont-adm 10-12-25, EDJ 794461