Acceso ilimitado al contenido de Actualidad Mementos
9 diciembre 2025
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 9-12-25 al día 15-12-25
Convenios colectivos
Se impugna la norma que aprueba la oferta de empleo público correspondiente a la tasa adicional de estabilización en la Administración General del Estado (RD 1227/2023). La demanda cuestiona el número de plazas ofertadas para determinados cuerpos y denuncia, además, la falta de motivación del acto y la ausencia de reserva de plazas para personas con discapacidad en los Cuerpos de Gestión de la Administración Civil del Estado y General Auxiliar de la Administración del Estado.
Sobre este último punto, la jurisprudencia ha establecido que las ofertas de empleo público, también en los procesos de estabilización y aunque el acceso se realice por concurso de méritos, deben prever el cupo de reserva correspondiente. Su omisión vulnera el mandato legal de promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad y determina la nulidad de la oferta en ese punto.
No obstante, el recurso se estima parcialmente, ya que se mantiene la validez de la oferta en cuanto al número de plazas y su motivación.
TS cont-adm 10-12-25, EDJ 794461
Formato Online
Una referencia de consulta necesaria para conocer las condiciones de trabajo de los empleados públicos en la que encontrarás cuestiones como el acceso al empleo público, las incompatibilidades, las retribuciones, el tiempo de trabajo, los derechos de negociación, representación y participación, etc.
Precio
100 €
9 diciembre 2025
Convenios colectivos
30 enero 2024
Un pacto de no competencia postcontractual tiene naturaleza salarial, y no indemnizatoria, cuando las retribuciones responden al salario pactado y no tiene la finalidad de compensar la prohibición de competencia para después de finalizado el contrato de trabajo. Por tanto, en caso de incumplimiento por parte del trabajador, no procede la devolución de ninguna cantidad económica a la empresa.
21 junio 2022
Se procede a ampliar los supuestos en que es obligatoria para los empresarios la comunicación de variaciones en los datos consignados al formular la solicitud de inscripción o en las comunicaciones de realización de actividades económicas distintas de las declaradas al solicitar la inscripción inicial. A los ya existentes, se añaden, a partir del 2-1-2023, los supuestos de apertura y cierre de centros de trabajo.