30 junio 2026
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 30-6-26 al día 6-7-26
Convenios colectivos
11La cuestión a resolver consiste en determinar si la revocación del mandato del delegado de personal requiere que la votación sea secreta o, por el contrario, puede hacerse a mano alzada. La sentencia recurrida declara nula la revocación del mandato del delegado de personal por no haberse realizado la votación de forma secreta, sino a mano alzada.
Dando respuesta a la cuestión planteada, señala el Tribunal Supremo que el Estatuto de los Trabajadores (ET art.67.3) exige que el voto sea «secreto» para proceder a la votación de la revocación, lo que constituye, como ha indicado la jurisprudencia (TS 30-10-07, EDJ 260402), una «norma imperativa». Alguna doctrina de suplicación ha entendido, en supuestos próximos al que ahora se examina, que la voluntad de las personas trabajadoras está clara cuando convocan, con los requisitos numéricos legales (ET art.67.3), la asamblea con el único punto del orden del día de la revocación del mandato del delegado de personal y en la votación -aunque sea a mano alzada- se decide esa revocación por mayoría absoluta, como asimismo exige aquel precepto. Pero este argumento no permite prescindir de lo que es una inequívoca e imperativa exigencia legal de que el voto sea «secreto», lo que garantiza la objetividad y pureza del procedimiento revocatorio y de su resultado. Voto secreto que, por lo demás, no es un requisito de difícil o desmesurado cumplimiento.
En todo caso, como se ha recordado recientemente por el propio Tribunal (TS 5-2-25, EDJ 50669; 4-6-25, EDJ 610254), las normas electorales del ET Título II son imperativas: se trata de «una materia de orden público, derecho necesario y naturaleza jurídica indisponible.»TS 16-12-25, EDJ 798466 Rec 5058/23
30 junio 2026
Convenios colectivos
26 mayo 2026
En los procedimientos de resolución del contrato por incumplimiento empresarial no se devengan salarios de tramitación, aunque se tramite, de forma acumulada, una acción por despido, siendo ambas demandas estimadas. La imposibilidad de readmisión del trabajador no surge del hecho de que la empresa haya cerrado o cesado en su actividad, sino que es consecuencia directa de la estimación de la acción resolutoria que obliga, precisamente, a declarar la extinción de la relación laboral.
15 abril 2025
Con el fin de adaptarlo a la revisión del modelo organizativo de la Administración Penitenciaria se crean nuevas tipologías del complemento singular de puesto E5 reconocido en el IV CCol único para el personal de la AGE.
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