Excepciones en los tiempos de conducción y descanso del transporte de mercancías.

13 enero 2026

Actualidad. 13 a 19 de enero de 2026

Excepciones en los tiempos de conducción y descanso del transporte de mercancías.



Se establecen excepciones a los tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías entre el 8 y el 11 de enero de 2026.

MS nº 8964
MCT nº 5326
MTT nº 2478, 2510

Como consecuencia de la intensificación de las acciones de protesta desde mediados de diciembre de 2025 contra el acuerdo de la Unión Europea con Mercosur del sector agrícola y ganadero en Francia, existen bloqueos de carreteras e importantes perturbaciones de tráfico en vías francesas que afectan al transporte pesado por carretera de mercancías y ponen en peligro flujos logísticos esenciales de suministro entre España y el resto de Europa. Desde el jueves 8 de enero estas protestas se han ampliado a la Comunidad Autónoma de Cataluña, dando lugar a interrupciones de tráfico en carreteras en esta Comunidad y en el Puerto de Tarragona y registrándose importantes reducciones del tráfico de mercancías. Con el fin de mitigar los efectos derivados de esta situación y garantizar los flujos logísticos de mercancías, se establecen excepciones temporales sobre los límites de conducción (Rgto (CE) 561/2006 art.14.2).

Entre el 8 de enero de 2026 a las 00.00 horas y el 11 de enero de 2026 a las 23.59 horas, se sustituyen los siguientes tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías:

  • 1. El límite de conducción máximo diario de 9 horas por uno de 11 horas; el semanal de 56 horas por uno de 60 horas; y el bisemanal de 90 horas por uno de 120 horas.
  • 2. El descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.

Estas excepciones son de aplicación a los conductores en las operaciones de:
  • transporte internacional de mercancías en tráfico internacional con Francia o en tránsito por ella;
  • transporte de mercancías que hayan transcurrido total o parcialmente por el ámbito territorial de Cataluña y que hayan estado afectadas por las protestas de agricultores y ganaderos.

DG Transporte por Carretera y Ferrocarril Resol 9-1-26, BOE 13-1-26EDL 2026/51

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