2 abril 2019
Revisión salarial para el personal de salas de fiesta, baile y discotecas
Revisión salarial para 2019 del Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile y discotecas.
1 Se plantea la nulidad de diversos artículos y disposiciones del III Convenio colectivo estatal de la industria de producción audiovisual (técnicos) BOE 6-4-2024, entre ellas, la disposición adicional cuarta, según la cual las partes firmantes se comprometen a realizar un uso transparente, razonado y ético de la inteligencia artificial, conforme a los criterios y reglas que se establezcan en la normativa de aplicación.
El sindicato CGT considera que la disposición en cuestión carece de elementos específicos que defina cómo se va a garantizar la transparencia y ética en el uso de la inteligencia artificial, dejando a los trabajadores sin mecanismos efectivos de protección frente a posibles abusos. También estima que el uso de dicha inteligencia sin garantías específicas, puede derivar en supuestos de discriminación indirecta o violación del derecho a la igualdad y el derecho a la protección de datos personales (Const. art. 14 y 18.4).
Se desestima la nulidad de la cláusula. El convenio colectivo tiene por objeto fijar las condiciones de aplicación a los trabajadores y empresarios incluidos dentro de su ámbito, pero no debe regular las condiciones de uso de la inteligencia artificial, como exige el sindicato demandante. Al contrario, el uso de la inteligencia artificial ha de someterse a las normas y procedimientos que se aprueben en relación con esta materia y que son ajenos al objeto principal de la regulación del convenio.
De modo que la ausencia de regulación en este sentido no produce una discriminación indirecta ni vulnera la protección de datos personales. AN 21-4-25, EDJ 556902 Rec 13/2025
2 abril 2019
Revisión salarial para 2019 del Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile y discotecas.
16 diciembre 2025
Se mantienen para 2026 algunas medidas adoptadas en las acciones formativas programadas por las empresas en los años 2020 y subsiguientes (aula virtual o sistema bimodal y uso de medios electrónicos), y se hacen extensivas a los permisos individuales de formación que se soliciten en ese mismo ejercicio.
2 diciembre 2025
Las cotizaciones abonadas por el SEPE para la contingencia de jubilación durante la percepción del subsidio por desempleo no deben incluirse en el cómputo de los ingresos del beneficiario a efectos del reconocimiento y conservación de una prestación no contributiva, por no considerarse rentas o retribuciones en especie computables.
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