24 febrero 2026
Novedades en Galicia
En relación con la deducción por la adquisición de libros de texto y material escolar, aplicable en la declaración correspondiente al periodo impositivo 2025 sobre los importes correspondientes a las adquisiciones recogidas en facturas emitidas entre el 1-7-2025 y el 31/12/2025, con efectos desde el 1-1-2025, se admite, de forma excepcional, que además de haberse efectuado el pago mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo, ingreso en cuenta en entidades de crédito o a través de plataformas de servicios de pagos electrónicos instantáneos autorizadas en España, sean admisibles las cuantías satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.