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Reforma de un inmueble como parte del pago del arrendamiento

Reforma de un inmueble como parte del pago del arrendamiento
Aparición: 29/06/2026
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Desde Lefebvre te ofrecemos una guía práctica para conocer el tratamiento fiscal y contable de las reformas realizadas por el arrendatario como parte del pago del arrendamiento, así como su correcta imputación en el Impuesto sobre Sociedades y su reflejo en el modelo 347, evitando errores en la declaración de estas operaciones.

  • Tratamiento contable de las reformas. Analiza cómo deben contabilizarse las obras ejecutadas por el arrendatario cuando constituyen una contraprestación en especie del contrato de arrendamiento y cuáles son sus efectos para ambas partes.
  • Criterio de imputación temporal en el IS. Explica cómo aplicar el principio de devengo y la correlación entre ingresos y gastos para integrar correctamente estas operaciones en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.
  • Modelo 347 sin errores. Recoge las principales reglas para declarar operaciones con terceros, incluyendo anticipos, descuentos, devoluciones, cobros en metálico y operaciones inmobiliarias.
  • Casos prácticos y criterios administrativos. Incluye ejemplos y referencias normativas que facilitan la aplicación práctica de las obligaciones fiscales derivadas del arrendamiento y de las reformas del inmueble.

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Desde Lefebvre te ofrecemos una guía práctica para conocer el tratamiento fiscal y contable de las reformas realizadas por el arrendatario como parte del pago del arrendamiento, así como su correcta imputación en el Impuesto sobre Sociedades y su reflejo en el modelo 347, evitando errores en la declaración de estas operaciones.

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  • Criterio de imputación temporal en el IS. Explica cómo aplicar el principio de devengo y la correlación entre ingresos y gastos para integrar correctamente estas operaciones en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.
  • Modelo 347 sin errores. Recoge las principales reglas para declarar operaciones con terceros, incluyendo anticipos, descuentos, devoluciones, cobros en metálico y operaciones inmobiliarias.
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EXTRACTO

2. Criterio general de imputación temporal

Como regla general la norma fiscal establece como criterio de imputación de los ingresos y gastos el del devengo. Conforme al mismo, los ingresos y gastos derivados de las transacciones o hechos económicos se imputan al período impositivo en que se producen, con independencia del momento en el que tenga lugar la corriente monetaria o financiera (momento en que se realizan los cobros o pagos).

No obstante, en algunas de las adaptaciones sectoriales al Plan General de Contabilidad se establecen matizaciones a este principio debido a la especialidad de determinadas actividades.

La norma fiscal complementa el principio del devengo con el de correlación de ingresos y gastos, según el cual el resultado del ejercicio está constituido por los ingresos del período menos los gastos realizados para la obtención de aquellos, así como los beneficios y quebrantos no relacionados claramente con la actividad de la empresa.

Los ingresos y gastos devengados en el ejercicio que no se imputen a resultados o reservas sino directamente al patrimonio neto como consecuencia de la aplicación del valor razonable, no se integran en la base imponible.


ÍNDICE

  1. Presentación del caso
  2. Criterio general de imputación temporal
  3. Modelo 347: aspectos prácticos

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