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Compliance, nuevas tecnologías y protección de datos

Compliance, nuevas tecnologías y protección de datos
Aparición: 03/12/2020
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  • Te ofrecemos un contenido que incluye las últimas novedades sobre el Compliance Laboral, nuevas tecnologías y protección de datos.
  • En el ebook también se tratan los siguientes asuntos: 
    • Importancia de los problemas laborales en los programas de compliance.
    • Los modelos de compliance y los procesos de due diligence.
  • La información contenida en este ebook está ampliamente desarrollada en la herramienta de Centinela Protección de Datos. La herramienta de gestión más completa y efectiva, adaptada a las necesidades de tu empresa.
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EXTRACTO

¿Por qué está creciendo tanto la importancia de los problemas laborales en los programas de compliance?

Según afirma Pilar Menor, socia directora del Dpto. Laboral de DLA Piper, socia y miembro del Comité Ejecutivo de FORELAB, desde los despachos se ha visto un empujón a la cultura del cumplimiento a raíz de la reforma del CP del año 2015, porque establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, es decir, en el seno de las empresas se pueden cometer delitos en su beneficio directo o indirecto por sus administradores, representantes o incluso por sus trabajadores y esto puede dar lugar a responsabilidad penal en aquellos supuestos donde no hay programa de cumplimiento o este programa es ineficaz. Esta es su primera utilidad y uno de los motivos por los que cada vez adquieren
más desarrollo.

No obstante, tener programa de compliance no es un seguro ante condenas penales ni funciona automáticamente. Para entrar en una exención de responsabilidad penal o eventual reducción de las penas se tienen que cumplir una serie de requisitos:

• Contar con un programa de compliance establecido por el órgano de administración;
• Que la supervisión de su funcionamiento y cumplimiento de ese modelo de prevención se haya confiado a un órgano de la persona jurídica;
• Que los autores de la actuación delictiva hayan actuado fraudulentamente eludiendo el programa de compliance;
• Que no haya una omisión de las facultades de supervisión y de control;
• Y, sobre todo muy importante desde el punto de vista laboral, que haya un sistema disciplinario por el que se sancione adecuadamente por el incumpliendo de las medidas que establezca el modelo de prevención vigente en la empresa.


ÍNDICE

“Compliance” laboral como solución post crisis

  •  Francisco Calderón. Director de Estrategia de Relaciones Laborales en Santalucía Seguros
  • Pilar Menor. Socia directora del Dpto. Laboral de DLA Piper. Socia y miembro del Comité Ejecutivo de FORELAB
  • Yolanda Serrano. Gerente de Compliance en AENOR
  • Margarita Fernández. Socia de Derecho Laboral de Baker McKenzie

 

Nuevas tecnologías y protección de datos

  •  • Ignacio Hidalgo Espinosa. Socio del Área Laboral de Auren
  • Jesús Mercader. Counsel del Área de Derecho Laboral de Uría Menéndez
  • Juan Chozas. Inspector en excedencia. Of counsel en Auren
  • Patxi Zabala Goiricelaya. Director de RSC y Relaciones Laborales del grupo Velatia

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