1 diciembre 2025
Cese judicial del administrador por infracción de la prohibición de competencia
En un asunto al que, por razón de fechas, se aplica la LSRL/95, se acuerda el cese judicial del administrador por vulneración de la prohibición de competencia por los siguientes motivos: (i) administraba a su vez otra sociedad con objeto social o complementario; (ii) ambas sociedades mantenían relaciones comerciales -una producía la uva que vendía a la otra para su transformación en vino y venta-; (iii) la sociedad que vendía la uva a la otra tenía un crédito por el precio de la venta, que la administradora no reclamaba; y (iv) en el seno de dicha sociedad vendedora (titular del crédito no reclamado) existía un conflicto societario estructural con los otros socios -demandantes-. Por todo ello, había un conflicto de interés del administrador de carácter estructural y permanente que determinan su cese.