Actualidad Sociedades Mercantiles. Octubre 2025
Exclusión de un socio por no contribuir a la financiación de la sociedadSe desestima la acción judicial de expulsión de un socio por no prestar apoyo financiero a la sociedad, estando la sociedad en dificultades económicas, dado que no es causa legal de expulsión, ni en este caso tampoco estatutaria, en la medida que los estatutos sociales no establecen ninguna prestación accesoria a cargo de los socios.
MSM nº 8723MSL nº
1956Una sociedad, tras haberlo acordado así en junta general, interpone demanda judicial solicitando la exclusión de un socio por incumplimiento de las obligaciones accesorias que le incumben (financiación adicional al capital aportado en su día y prestación de avales). Se desestima la demanda en ambas instancias debido a que solo puede excluirse a un socio de una SRL por las causas:
- legalmente previstas en la LSC art.350 (incumplimiento voluntario de la obligación de realizar prestaciones accesorias; si el socio es también administrador, la infracción de la prohibición de competencia -salvo dispensa-, condena en sentencia firme -a resultas de una acción social de responsabilidad- a indemnizar los daños causados a la sociedad); así como- las previstas en los estatutos.
En el
caso que nos ocupa, los estatutos de la sociedad no establecen prestaciones accesorias a cargo de los socios. Si bien es cierto que cuando una sociedad pasa por dificultades económicas son los socios los que deben prestar
apoyo financiero, ese apoyo
no constituye per se una
obligación accesoria en la medida en que, como aquí ocurre, no está prevista como tal en los estatutos.
AP Barcelona 17-6-25, EDJ 686978