Actualidad: 24 a 30 de marzo de 2026
Revalorización de pensiones concurrentes del sistema de la Seguridad Social durante 2026
Para adecuar el desarrollo reglamentario del
RDL 3/2026, tras la derogación del
RDL 16/2025, se reproducen, sin cambios sustanciales (salvo en lo referente al supuesto de revalorización de pensión concurrente cuando al menos una de ellas no sea revalorizable), los criterios, en él establecidos para 2026, de revalorización de las pensiones concurrentes del sistema de la Seguridad Social durante 2026.
MS nº
8388 MSS nº
1944 Se establece un nuevo criterio de revalorización en supuestos de aplicación del límite máximo, cuando al menos una de las pensiones concurrentes no sea revalorizable. En tal caso, a partir del 1-1-2026, la suma de todas ellas, una vez revalorizadas las que correspondan, puede alcanzar en 2026 una cantidad igual al resultado de aplicar las sucesivas revalorizaciones anuales al límite máximo de pensión vigente en el momento del reconocimiento inicial de la última pensión reconocida cuyo importe haya sido limitado. A efectos de dicha revalorización del importe del límite máximo que corresponda a los años 2025 y 2026, únicamente se tiene en cuenta el porcentaje previsto legalmente (LGSS art.58.2; LCP art.27.2). Para dar cumplimiento a lo indicado, se incrementa, en la cuantía necesaria para alcanzar la referida cantidad, la pensión que hubiera sido limitada sin que en ningún caso su importe pueda superar el que le hubiera correspondido de no existir concurrencia. RD 241/2026 art.13. 14 y 15 y disp.derog.única, BOE 26-3-26
NOTA: Queda derogado
RD 39/2026