13 enero 2026
Competencia administrativa en materia sancionadora por obstrucción a labor inspectora
La competencia para resolver un acta de infracción por obstrucción a la labor inspectora corresponde a la Administración que sea competente en la materia objeto de la actuación inspectora que se obstaculiza. Es criterio que la autoridad autonómica es competente si se trata de una materia transferida a la correspondiente Comunidad Autónoma, si la referencia a la materia objeto de actuación inspectora es genérica o si se trata de varias materias y unas están transferidas y otras no.