10 febrero 2026
Modificación por la empresa de los criterios de llamamiento fijados en el convenio colectivo
La empresa no puede fijar de forma unilateral criterios y factores de ponderación para el llamamiento de los trabajadores fijos discontinuos distintos de los establecidos en el convenio colectivo de aplicación, alegando que este solo regula determinados supuestos y que, tras un un proceso de negociación que no fructifica, procede establecerlos con carácter provisional.