Actualidad. 20 a 26 de enero de 2026
Revalorización de la pensión de jubilación contributiva para el año 2026El desarrollo reglamentario del
RDL 16/2025 reproduce los importes en él establecidos para 2026 respecto de las cuantías mínimas, según la situación del beneficiario, y de la cuantía máxima de la pensión de jubilación.
Referencias:- MS nº 4706, 4708, 4710
- MEP nº 8540
- MSS nº 3500, 3505
Aplicación de las cuantías:- 1. Los pensionistas que fueran menores de 65 años a 31-12-2025 pasan a percibir las cuantías establecidas para los que tengan cumplida dicha edad, a partir del día 1 del mes siguiente a aquél en que la cumplan.
- 2. En los regímenes en que se apliquen coeficientes reductores de la edad de jubilación, en función de la actividad realizada, la edad de 65 años se entiende cumplida, a efectos de la determinación de los complementos por mínimos, cuando por la aplicación de dichos coeficientes resulte una edad igual o superior a la de 65 años; siempre que los beneficiarios cumplan los restantes requisitos. RD 39/2026 art.3, disp.adic.2ª.3 y 4, Anexo I, BOE 22-1-26