Prohibición de despedir por la crisis en Oriente Medio

17 marzo 2026

Actualidad: 17 a 23 de marzo de 2026

Prohibición de despedir por la crisis en Oriente Medio
Con entrada en vigor el 22-3-2026, se establece la prohibición de despedir vinculada a la percepción de ayudas directas del plan integral de respuesta a la crisis en Oriente Medio, así como las consecuencias de su incumplimiento.
  • MS nº 3476,
  • 2953
  • MDE nº 4172
  • MIRL nº 6364

Hasta el 30-6-2026, las empresas beneficiarias de las ayudas directas no pueden despedir por causa de fuerza mayor ni por causas ETOP derivadas de la crisis en Oriente Medio. El incumplimiento de esta obligación conlleva el reintegro de la ayuda recibida y la calificación del despido como nulo.RDL 7/2026 art.62.1 y disp.final 21.ª, BOE 21-3-26

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