14 julio 2026
Nuevo convenio colectivo nacional taurino
Se publica el VII Convenio colectivo nacional taurino
Se configura como el marco de referencia para la coordinación y ejecución de las políticas de apoyo activo al empleo en toda España en 2025, sirviendo como base compartida a partir de la cual los diferentes servicios públicos de empleo deben diseñar y gestionar sus propias políticas. MCT nº 2812 MPD nº 4440, 4458
El Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2025 contiene el conjunto de los servicios y programas que cada comunidad autónoma ha de llevar a cabo. Comprende aquellos que la comunidad autónoma establezca libremente, ajustándose a la realidad de las personas trabajadoras y del tejido productivo de su ámbito territorial, así como los servicios y programas de ámbito estatal, de aplicación en todo el Estado con independencia del lugar en el que vivan las personas destinatarias.
El plan identifica y cuantifica objetivos específicos para los siguientes colectivos:
Estructura sus acciones en 6 ejes:
Además, se incluye por tercer año consecutivo el programa común de transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de empleo, en el eje de mejora del marco institucional.
El Plan será evaluado mediante un modelo integrado y completo de seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo, contando con la concurrencia de evaluaciones externas e independientes. Para cada objetivo estratégico y operativo, se definen indicadores específicos con seguimiento trimestral y análisis desagregado (por sexo, edad, nivel formativo, comunidad autónoma y provincia). Los resultados obtenidos determinan la distribución de fondos y la evaluación del impacto de las políticas.SET Resol 24-7-25EDL 2025/14599, BOE 31-7-25
14 julio 2026
Se publica el VII Convenio colectivo nacional taurino
16 septiembre 2025
Cuando en el contexto de una sucesión de empresa, en la que está implicada una empresa pública, entran en concurrencia las previsiones en materia de jornada contenidas en el convenio colectivo de aplicación en la anterior empresa y en una Ley, priman las establecidas en la Ley, atendiendo al principio de jerarquía normativa y a que se trata de una norma de derecho necesario.
8 julio 2025
La condición de empleador corresponde al titular efectivo del hogar familiar donde se prestan los servicios, y no a aquellos que no residan ni asuman directamente la relación laboral; en caso de fallecimiento del empleador, las instrucciones ocasionales por parte de un tercero en vida del titular, no implica la asunción de dicha condición.
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