Nuevo convenio colectivo del sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social

21 julio 2026

Con vigencia general hasta el 31-12-2028, se ha publicado un nuevo convenio colectivo que, con carácter general, reproduce la regulación en materia preventiva recogida en el convenio anterior. Como novedad, incluye el protocolo de actuación ante situaciones de acoso moral, el protocolo específico frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI y la obligación de elaborar protocolos de prevención de riesgos frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos.
Actualidad. 21 a 27 de julio de 2026
Nuevo convenio colectivo del sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social
Con vigencia general hasta el 31-12-2028, se ha publicado un nuevo convenio colectivo que, con carácter general, reproduce la regulación en materia preventiva recogida en el convenio anterior. Como novedad, incluye el protocolo de actuación ante situaciones de acoso moral, el protocolo específico frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI y la obligación de elaborar protocolos de prevención de riesgos frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos.
MS nº 5950
MPR nº 7040
11
Las cuestiones preventivas recogidas en el convenio son las siguientes:
a) Derecho de desconexión digital. Se considera que este derecho contribuye a la salud de las personas trabajadoras, disminuyendo la fatiga tecnológica o el estrés y mejorando el clima laboral y la calidad del trabajo. Se mantienen la regulación y las medidas concretas ya incluidas en el convenio colectivo anterior (art. 10 EDV2026/12401).
b) Trabajo a distancia. Se regulan los aspectos de seguridad y salud del teletrabajo. Se mantienen, más allá de las llamadas y reiteraciones a la normativa, las referencias a la recogida de información para la realización de la evaluación de riesgos del puesto de la persona trabajadora a distancia (art. 15.10 EDV2026/12401). En materia de protección de la maternidad, se mantiene la posibilidad de teletrabajo desde la semana 24 de gestación (art. 80.3 EDV2026/12401). Asimismo, se incorpora el derecho al trabajo a distancia para personas en tratamiento oncológico, coordinado con los Servicios de Prevención (art. 78.8 EDV2026/12401).
c) Normativa general en materia de seguridad y salud en el trabajo (art. 75 a 81 EDV2026/12401). Aunque se mantiene la regulación del convenio anterior, como novedad se incluye la regulación del protocolo de actuación ante situaciones de acoso moral. Asimismo, se incorpora un protocolo específico frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI (anexo IV EDV2026/12401), de obligado cumplimiento en empresas de más de 50 personas trabajadoras, con garantías de confidencialidad, plazos de resolución y medidas cautelares para las víctimas. Finalmente, se introduce la obligación de las empresas de elaborar, en el ámbito de cada empresa, protocolos de prevención de riesgos frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos, en línea con la creciente atención normativa a los riesgos derivados del cambio climático en el entorno laboral (disp. adic. 9ª EDV2026/12401).
Convenio colectivo para el sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, BOE 23-7-26 EDV 2026/12401

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