17 marzo 2026
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 17-3-26 al día 23-3-26
Convenios colectivos
4Se dicta una nueva resolución que sustituye a la anterior de 2019 en materia de jornada y horarios del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.Entre otras finalidades, pretende aclarar y ordenar el ámbito de aplicación fijándolo en todos los empleados y empleadas de:- La Administración General del Estado.- Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.- Los organismos autónomos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la AGE a las que, con arreglo a su normativa reguladora o convenio aplicable, les resulten aplicables estas instrucciones.En el caso del personal de instituciones o establecimientos penitenciarios, instituciones o establecimientos sanitarios, personal de los centros docentes o de apoyo a la docencia o aquel que la naturaleza singular de su trabajo lo requiera, estas instrucciones deben adaptarse siguiendo los procedimientos de negociación establecidos y comunicándose, posteriormente, a la Secretaría de Estado de la Función Pública.Se reduce la jornada general de 37 horas y media semanales a 35 horas, equivalente a 1.533 horas anuales.Con respecto a la distribución de la jornada semanal de mañana, el horario fijo de presencia va a ser de 9:00 a 14:00 y el flexible, para completar la jornada semanal, entre las 14:00 y las 18:00.En la jornada de mañana y tarde, el horario fio va a ser de 9:00 a 16:30 y el flexible, de 16:30 a 18:00.La jornada de tarde tiene como horario fijo de 15:00 a 20:00 y el flexible, de 20:00 a 22:00.La duración de la jornada del personal que desempeñe puestos de trabajo considerados de especial dedicación pasa a ser de 37 horas y media, en lugar de 40. En cuanto a las medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral, se extiende el derecho a flexibilizar en una hora el horario fijo de jornada a quienes tengan necesidades de cuidado respecto de otras personas dependientes cuando convivan en el mismo domicilio y, por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos. El solicitante debe justificar estas circunstancias. Los días de permiso asignados cuando los días 24 y 31 de diciembre coincidan con festivo, sábado o día no laborable o cuando un festivo nacional no sustituible por las CCAA coincida con sábado, van a poder disfrutarse individual o acumuladamente con las vacaciones o los días de asuntos particulares.Los departamentos, organismos y entidades comprendidos en el ámbito de aplicación de estas instrucciones, tienen un plazo de un mes para realizar las adaptaciones necesarias en los calendarios y en los sistemas de control horario, a efectos de la nueva jornada general prevista.En el caso de las jornadas y horarios especiales, para asegurar la prestación de servicios de atención a la ciudadanía y de organización del trabajo con turnicidad, deben llevarse a cabo las adaptaciones indispensables para la cobertura del servicio.La jornada general no es de aplicación a las entidades locales ni otras administraciones, que se van a regir de manera supletoria por la jornada general de 37 horas y media (L 6/2018 disp.adic.144ª).SEFP Resol 14-4-26EDL 2026/5819, BOE 15-4-26; SEFP Resol 28-2-19 derog SEPF Resol 14-4-26EDL 2026/5819, BOE 15-4-26
17 marzo 2026
Convenios colectivos
4 abril 2023
Desde el 1-1-2023 se incrementa su base mínima diaria de cotización por contingencias comunes como consecuencia del incremento de la citada base mínima mensual de cotización al RGSS.
19 julio 2022
Se modifican los modelos y se amplía el plazo para que las mutuas acrediten la insuficiencia financiera y las circunstancias estructurales para la aplicación, en 2021, de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores de las empresas asociadas.
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