3 febrero 2026
Revalorización de las pensiones de incapacidad permanente para 2026
De nuevo, se revalorizan las pensiones de incapacidad permanente con respecto a lo establecido para 2025.
Actualidad. 14 a 20 de octubre de 2025
Si el convenio colectivo de la empresa usuaria establece una mejora de las prestaciones de Seguridad Social que también recoge el convenio de ETT, pero en cuantía inferior, la trabajadora puesta a disposición tiene derecho a la establecida en el convenio de la empresa usuaria, y la ETT ha de suscribir una póliza que cubra esa cuantía.
Una trabajadora de una ETT es puesta a disposición de una empresa usuaria para prestar servicios como operaria y sufre un accidente. El INSS le declara en situación de IPT derivada de accidente laboral. Ambos convenios colectivos, el de ETT y el de la empresa usuaria, establecen una mejora de las prestaciones de Seguridad Social para esa contingencia, el primero en cuantía de 10.500 € y el segundo de 27.000 €. Cada empresa tiene concertado un seguro por la cantidad respectiva. La trabajadora reclama una indemnización por falta de medidas de seguridad en vía judicial, que incluye la indemnización por IPT, y alcanza un acuerdo con la aseguradora de la ETT en cuantía de 10.500 €. Asimismo, interpone demanda reclamando la mejora en la prestación por IPT derivada de accidente laboral contra la ETT, la empresa usuaria y ambas aseguradoras. El JS la estima parcialmente: condena a la ETT y, subsidiariamente, a la empresa usuaria, a pagar 16.500 €, que se corresponde con la diferencia entre lo ya percibido y la cantidad establecida en el convenio de la empresa usuaria (27.000-10.500), y desestima la demanda frente a ambas aseguradoras. Durante el proceso, el INSS revisa la IPT, pero no consta la fecha de revisión ni que tal decisión sea firme.
La ETT recurre en suplicación: Por un lado, alega que la trabajadora no tiene reconocida una situación de IPT, por lo que no cumple un requisito imprescindible para que se active la cobertura de ambos convenios colectivos. El TSJ considera que fue declarada por el INSS en situación de IPT por la contingencia de accidente de trabajo y dicha resolución administrativa no fue cuestionada, adquiriendo firmeza. Cumplió las exigencias necesarias para percibir la mejora y desde entonces nació su derecho a percibirla. Y ello aunque posteriormente se haya revisado el grado de incapacidad, ya que ninguno de los dos convenios colectivos condicionan el nacimiento del derecho al mantenimiento de la calificación incapacitante durante un determinado periodo de tiempo ni a la evolución de las lesiones que determinaron su reconocimiento. Además, se desconoce la fecha en la que el INSS revisó la situación inicial de la trabajadora y no hay constancia de que tal decisión sea firme. Por otro lado, la ETT alega que la sentencia del JS contraviene la jurisprudencia del TS, y que la sentencia del TJUE en la que se fundamenta, conforme a la cual el trabajador cedido debe disponer de los mismos derechos que cualquier trabajador de dicha empresa, incluidas las mejoras de las prestaciones de Seguridad Social, es contraria a la LETT (TJUE 22-2-24, EDJ 506130). El TSJ recuerda que la decisión del TJUE conlleva un cambio en la interpretación de una norma que suponía una discriminación a los trabajadores contratados a través de una ETT, y que las sentencias del TJUE que dan respuesta a cuestiones prejudiciales planteadas por órganos judiciales nacionales son vinculantes para todos los Estados miembros y para sus tribunales desde su publicación en el BOE, salvo que el TJUE indique otra fecha. A la vista de la sentencia del TJUE, la ETT estaba obligada a suscribir una póliza que cubriera el capital establecido en el convenio de la empresa usuaria, que asciende a 27.000 €. Como ha suscrito una póliza de solo 10.500 €, se aprecia un incumplimiento, imputable a la ETT. Desestima el recurso y confirma la sentencia de instancia.TSJ Navarra 3-9-25, EDJ 701890
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