Indemnizaciones por residencia para el personal del sector público de Baleares

7 julio 2026

Tras la previsión establecida en el RDL 19/2026, la mesa general de negociación ha acordado el incremento de las indemnizaciones por residencia en la Comunidad Autónoma de Illes Balears. Igualmente, se han publicado las instrucciones para la gestión del pago.

Indemnizaciones por residencia (7 a 13 de julio de 2026) – Personal del sector público en Baleares

  • Acuerdo y publicación
    Tras la previsión establecida en el RDL 19/2026, la mesa general de negociación ha acordado el incremento de las indemnizaciones por residencia para el personal del sector público en la Comunitat Autònoma d’Illes Balears. Asimismo, se han publicado las instrucciones para la gestión del pago.
  • Efectos económicos
    Con efectos económicos desde el 1-7-2026, las cuantías de la indemnización por residencia a percibir por el personal del sector público estatal en las Illes Balears se fijan en los siguientes importes mensuales para: Grupos/Subgrupos regulados en el EBEP art. 76; Grupos Profesionales establecidos en el IV Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la AGE (EDV 2019/17407); y para las Agrupaciones Profesionales–Grupo E reguladas en la L 30/1984 art. 25.
  • Pago en nómina
    Esta cuantía se abonará en la nómina del mes de julio, salvo que la habilitación responsable no disponga de todos los elementos formales necesarios o motivos técnicos lo impidan, en cuyo caso se abonará en la primera nómina en que sea posible.
  • Atrasos
    Los atrasos desde el mes de julio de 2026 se abonarán en los mismos términos. En los recibos de nómina debe figurar el literal: «Abono atrasos incremento cuantía indemnización por residencia».
  • Gestión de los atrasos
    La gestión de los atrasos se realizará, según se trate de personal funcionario, estatutario o laboral, atendiendo a las instrucciones de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. En dichas instrucciones se incluye un modelo de solicitud del pago de atrasos, cuya tramitación debe efectuarse, preferiblemente, por medios electrónicos.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email