Determinación de los procesos irreversibles y de alta complejidad incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley ELA

28 octubre 2025

Actualidad. 28 de octubre a 3 de noviembre de 2025
Determinación de los procesos irreversibles y de alta complejidad incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley ELA
L 3/2024
Se definen los criterios generales y operativos, así como el procedimiento, para identificar y reconocer procesos irreversibles y de alta complejidad sujetos al ámbito de aplicación de la Ley ELA (L 3/2024). También se establece un listado indicativo de enfermedades y los modelos de solicitud.
MS nº 5706
MPD nº 6020
Con vigencia a partir del 18-11-2025, se establecen los criterios para identificar u reconocer los procesos irreversibles y de alta complejidad incluidos en al ámbito de aplicación de la Ley ELA (L 3/2024 art.2.2).
Son los siguientes:
  • a) Tener una condición irreversible y con una reducción significativa de supervivencia. Se consideran incluidas aquellas enfermedades que progresan rápidamente hacia situación funcional que requiera una gran intensidad de cuidados sociosanitarios y apoyos para la realización de actividades básicas de la vida diaria, y que afectan de manera directa a la expectativa de vida.
  • b) No haber tenido una respuesta significativa al tratamiento, o cuando no existan alternativas terapéuticas que vayan a mejorar el estado funcional o el pronóstico de estas personas.
  • c) Precisar cuidados sociales y sanitarios complejos, centrados en el ámbito domiciliario y que supongan un alto impacto para el entorno cercano de las personas afectadas. Se incluyen las enfermedades que requieran atención integral sociosanitaria continua de manera diaria y el uso de dispositivos de soporte funcional o vital.
  • d) Tener una rápida progresión en algunos de estos procesos que requiera acelerar procesos administrativos de valoración y reconocimiento del grado de discapacidad o dependencia. Se considerará que una enfermedad o proceso cumple este criterio cuando se produzca un deterioro clínico acelerado que pueda requerir una valoración acelerada.
Estos criterios pueden ser aplicados a cualquier enfermedad o proceso irreversible y de alta complejidad, neurológicas o no neurológicas, que pudiera ser susceptible de cumplirlos. No obstante, se recoge un listado indicativo de los procesos y enfermedades irreversibles y de alta complejidad susceptibles de ser incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024 (RD 969/2025 anexo I).
El procedimiento para solicitar esta calificación se inicia a instancia de la persona afectada o de quien ostente su representación, conforme al procedimiento establecido para Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (L 39/2015 art.28 s.; L 3/2024).
La evaluación se realiza por un profesional médico o por una profesional médico responsable del seguimiento de la enfermedad, aplicando el cuestionario de verificación de los criterios operativos (RDL 969/2025 anexo II), que debe emitir el informe en el plazo máximo de 1 mes desde la solicitud.
La resolución se dicta en el plazo máximo de 3 meses por la administración autonómica y tiene validez en todo el territorio nacional. En ella se determinan los servicios o prestaciones correspondientes.RD 969/2025, BOE 29-10-25

También puede interesarte

16 diciembre 2025

Cómputo del plazo de caducidad en el procedimiento de derivación de responsabilidad en el ámbito de la Seguridad Social

En procedimientos de derivación de responsabilidad por deudas de la Seguridad Social, el inicio del cómputo del plazo de caducidad corresponde al acuerdo de incoación del procedimiento y no a las actuaciones previas informativas o informes emitidos por la ITSS.

7 octubre 2025

Sanción por ocupar a trabajadores extranjeros sin autorización para trabajar

Es infracción muy grave en materia de extranjería utilizar a trabajadores extranjeros sin autorización para trabajar en España, en el caso concreto, para recolectar cítricos, incluso aunque alguno haya sido contratado, por ser solicitante de protección internacional que es denegada. Si los hechos se comprueban de forma directa y personal por los inspectores de la ITSS no son simples conclusiones, por lo que gozan de presunción de certeza.

27 junio 2023

Discriminación por razón de enfermedad de trabajador temporal de baja por IT e inversión de la carga de la prueba

En el caso de extinción del contrato de un trabajador temporal enfermo no se acepta la inversión de la carga de la prueba por no acreditarse el panorama indiciario necesario. Por un lado, se trata de una baja de corta duración que impide considerarla discapacitante. Por otro lado, no existe el más mínimo elemento que permita inducir que, de no haber concurrido la enfermedad, el empresario hubiera prorrogado el contrato, máxime cuando esa prórroga debía ser ya por tiempo indefinido.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email