21 julio 2026
Error en el número de procedimiento al consignar para recurrir
Cuando un recurrente efectúa la consignación de la cantidad objeto de condena dentro del plazo establecido, pero comete un error formal al ingresar el importe en la cuenta con un número de procedimiento incorrecto, dicho defecto debe considerarse subsanable siempre que se garantice la finalidad de aseguramiento del recurso y no exista malicia ni daño al procedimiento.