Actualidad. 31 de marzo a 6 de abril de 2026
Cotización de los empleados públicos encuadrados en el Régimen General
Cotización a partir del 1 de enero de 2026 de los empleados públicos encuadrados en el Régimen General y aplicación de la reducción en la aportación empresarial en la cotización por los funcionarios públicos de nuevo ingreso a partir del 1-1-2011 incluidos obligatoriamente en dicho régimen.
- MS nº 7137
- MEP nº 7350, 8008
- MSS nº 177
Se mantiene lo establecido para los años anteriores respecto de esta cotización a partir del 1 de enero de 2026. Así, la base de cotización por todas las contingencias de los empleados públicos es la coincidente con la habida en el mes de diciembre de 2010, salvo que por razón de las retribuciones que perciban pudiera corresponder una de mayor cuantía, en cuyo caso es ésta por la que debe efectuarse la cotización mensual. A estos efectos, de la base de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2010 se deducen, en su caso, los importes de los conceptos retributivos que tengan una periodicidad en su devengo superior a la mensual o que no tengan carácter periódico y que hubieren integrado dicha base sin haber sido objeto de prorrateo.OM PJC/297/2026 disp.adic.4ª, BOE 31-3-26