Convenios colectivos publicados en el BOE del día 10-3-26 al día 16-3-26

10 marzo 2026

Actualidad. 10 a 16 de marzo de 2026

  • Convenios colectivos publicados en el BOE del día 10-3-26 al día 16-3-26
  • Convenios colectivos MS nº 9970 MSAL-NOM nº 9550

12

Memento Social 2026

Memento de referencia en el ámbito jurídico con toda la información laboral y de Seguridad Social en un solo volumen. Actualizado, con el análisis de las últimas reformas y la jurisprudencia y doctrina. Incluye el servicio “Extras Mementos” y alertas semanales por e-mail para que no se te escape ninguna novedad.

Precio

192 €

También puede interesarte

12 mayo 2026

Determinación del tope máximo de la prestación contributiva por desempleo total tras la pérdida de un trabajo a tiempo parcial

La prestación por desempleo total de un trabajador a tiempo parcial ha de calcularse en función del promedio de las horas trabajadas durante el período de los últimos 180 días (base reguladora), proyectando ese porcentaje de parcialidad sobre el cálculo del IPREM aplicable (y no sobre la base reguladora), y después observar si se rebasan los topes máximos o mínimos en función de los periodos cotizados.

5 diciembre 2023

Revisión del correo corporativo de un trabajador despedido cuando contiene mensajes personales

No vulnera el derecho a la intimidad el hecho de que la empresa, tras el despido disciplinario del trabajador, imprima sus correos personales y se los entregue, teniendo en cuenta que no está autorizado el uso personal del correo corporativo y se dio un plazo al trabajador para eliminar los correos personales antes de impedirle el acceso. Además, el trabajador facilita a la empresa una cuenta personal para el reenvío de los correos personales, por lo que está consintiendo tácitamente su lectura.

6 junio 2023

Extinción del contrato por impago de salarios después del cese total de la actividad de la empresa

El trabajador puede solicitar la resolución indemnizada de su contrato de trabajo por impago de salarios, aunque el empresario haya comunicado a los clientes el cese total de la actividad por liquidación y conceda a la plantilla un permiso retribuido por tiempo indefinido, pero debiéndoles varios meses de salario. Esta actuación empresarial no puede considerarse como un despido ni expreso ni tácito, sino que con ello únicamente se trata de eludir la extinción de las relaciones laborales.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email