5 mayo 2026
Responsabilidad de la prestación de IT por enfermedad profesional manifestada tras el cese en el trabajo
Cuando la enfermedad profesional se manifiesta en un momento posterior al cese en el trabajo y estando en situación de desempleo, la responsabilidad de la prestación de IT recae sobre el INSS y no sobre la aseguradora que ha cubierto el riesgo durante la vigencia de la relación laboral.