Contingencia del infarto esperando al tren para ir a trabajar

2 julio 2024

Actualidad. 25 de junio a 1 de julio de 2024

Contingencia del infarto esperando al tren para ir a trabajar
Las enfermedades o dolencias -como el infarto agudo de miocardio- acaecidas in itinere no se consideran accidente de trabajo, salvo que se acredite la concurrencia del preceptivo nexo causal entre aquellas y el trabajo.MPR nº 7610

Un empleado del servicio de salud sufre una parada cardiaca cuando está en la estación esperando al tren a las 6.00 h. para ir a trabajar. Su turno de trabajo es de 8.00 a 15.00 h. Carece de antecedentes cardiológicos. Su viuda solicita al INSS las prestaciones de viudedad y auxilio por defunción, que este deniega por derivar el fallecimiento de un accidente de trabajo y tener concertada la empresa la cobertura de dicha contingencia con una mutua. Solicita a esta última las prestaciones, que igualmente deniega, por considerar que no se trata de un accidente laboral. Tras agotar la vía administrativa, la esposa interpone demanda en reclamación de contingencia contra el INSS, la TGSS, el servicio de salud y la mutua, y el JS desestima su demanda. Ella recurre en suplicación. El TSJ recoge la jurisprudencia del TS que resume la doctrina sobre la materia y determina que:

  • La presunción de laboralidad del accidente o dolencia del LGSS art.156.3solo alcanza a los acaecidos en el tiempo y lugar de trabajo, no a los ocurridos en el trayecto de ida al trabajo o vuelta del mismo, y es una presunción iuris tantum, que admite prueba en contrario.
  • La asimilación del accidente in itinere a accidente de trabajo (LGSS art.156.2.a) se limita a los accidentes en sentido estricto (lesiones súbitas y violentas producidas por agente externo), no a las dolencias o enfermedades, y opera automáticamente (TS 24-6-10, EDJ 145240).
Por lo que la presunción de laboralidad no alcanza a las enfermedades manifestadas in itinere, ya que se establece para la relación de causalidad con el trabajo, pero no con relación a la lesión o trauma.
En definitiva, las enfermedades o dolencias -como el infarto agudo de miocardio- acaecidas in itinere no deben considerarse como accidente de trabajo, salvo que se acredite la concurrencia del preceptivo nexo causal -que en este caso no se ha demostrado-, pues la presunción de laboralidad no les alcanza. Desestima el recurso de suplicación.TSJ Asturias 7-5-24, EDJ 575253

Memento Prevención de Riesgos Laborales 2026-2027

La información que necesitas para conocer la prevención de riesgos laborales y adquirir una visión clara y precisa de las actuales normas que la regulan; en la nueva edición se han incluido nuevos apartados relacionados con la desconexión digital y su relación con la Prevención de Riesgos Laborales.

Precio

100 €

También puede interesarte

21 julio 2026

Nuevo convenio colectivo del sector de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social

Con vigencia general hasta el 31-12-2028, se ha publicado un nuevo convenio colectivo que, con carácter general, reproduce la regulación en materia preventiva recogida en el convenio anterior. Como novedad, incluye el protocolo de actuación ante situaciones de acoso moral, el protocolo específico frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI y la obligación de elaborar protocolos de prevención de riesgos frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos.

25 febrero 2025

Despido disciplinario por extralimitarse en el ejercicio de sus funciones (RS 08/25 18 de Febrero de 2025 al 24 de Febrero de 2025)

La conducta de un trabajador que actúa conscientemente al margen de sus competencias y fuera de las funciones encomendadas por la empresa, vulnerando incluso derechos a la protección de datos, no puede calificarse como negligente, a efectos de determinar la gravedad de la infracción cometida, sino que constituye una grave vulneración de la buena fe contractual que justifica el despido.

3 octubre 2023

Derecho a cobrar bonus en caso de despido disciplinario procedente

El trabajador despedido disciplinariamente antes de terminar el año de devengo de la retribución variable tiene derecho a la parte proporcional devengada, aunque el despido sea declarado procedente y aunque el acuerdo colectivo condicione su percepción a estar de alta en la empresa a 31 de diciembre.

Lo más destacado de laboral, en pódcast

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email