1 marzo 2026
Cataluña. Derecho a la información
Obligaciones que garanticen la publicidad, transparencia, eficacia y eficiencia en materia urbanística.
La regulación del Plan estatal de vivienda 2026-2030 regula los instrumentos de financiación y ayudas a implementar por las administraciones autonómicas y las ciudades de Ceuta y Melilla para favorecer el acceso a la vivienda. Se apoyan de manera prioritaria, en cuanto interesa en materia de urbanismo, las actuaciones que fomenten la ocupación racional y eficiente del patrimonio residencial y del suelo. Destacan las siguientes ayudas: 1.- Ayudas para la promoción directa de viviendas sobre suelo público cuyo destino sea el alquiler o la cesión en uso asequible o social. Han de estar ubicadas en municipios o núcleos de población de 10.000 habitantes o menos y con el objeto de contribuir al reto demográfico mediante la implantación de población, pudiendo destinarse a la venta siempre que tengan un nivel de protección permanente. 2.- Ayudas para la gestión y explotación pública de viviendas sobre suelo de titularidad pública o privada destinadas al alquiler social o asequible, a través de colaboración público-privada, mediante la cesión de uso a una administración u organismo público para que lleve a cabo su gestión durante un plazo mínimo de 50 años. 3.- Ayudas para fomentar la promoción de viviendas en suelo privado con régimen de protección pública permanente. 4.- Ayuda para el impulso al desarrollo urbanístico de suelo para acelerar el incremento de la oferta de viviendas con algún régimen de protección pública y sólo si esta reserva está prevista en la ordenación urbanística. Las obras de urbanización correspondientes al ámbito o fase de la actuación de que se trate deben estar finalizadas antes de 30-6-2030, sin perjuicio de su modificación por la comisión de seguimiento del convenio. Los órganos de cooperación en materia de vivienda y suelo son la Conferencia sectorial de agenda urbana y vivienda, la Comisión multilateral de vivienda y suelo, la Comisión bilateral de vivienda y suelo. RD 326/2026, BOE 23-4-26
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1 marzo 2026
Obligaciones que garanticen la publicidad, transparencia, eficacia y eficiencia en materia urbanística.
1 mayo 2026
Se debe hacer una interpretación literal y restrictiva de las cláusulas de arras penitenciales en contratos de reserva de compraventa. La facultad de desistimiento debe ser simétrica para ambas partes no generando desequilibrio abusivo la ausencia de plazo para la promotora cuando la cláusula es transparente y equitativa.
1 julio 2026
Si la aprobación de una ordenanza urbanística se publica y después se notifica personalmente, con indicación de recursos, a quien formuló alegaciones, el plazo de 2 meses para interponer el recurso contencioso-administrativo se cuenta desde la notificación. Ese efecto responde exclusivamente al principio de seguridad jurídica y efectividad de la tutela judicial.
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