Actualidad Urbanismo. Noviembre 2025
Canarias. TurismoObligaciones que han de ser cumplidas en las actividades de turismo activo desarrolladas en medio natural.MU nº
403819Con efectos desde 5-11-25 las actividades de turismo activo que se lleven a cabo en el medio natural se realicen en las condiciones idóneas para hacer compatible su práctica con la protección ambiental. Para ello han de adoptarse las medidas necesarias que eviten las afecciones al mismo, especialmente en lo que respecta al vertido de residuos y a la emisión de ruidos y contaminantes, evitando cualquier degradación o daño en el entorno, así como contar con las autorizaciones que sean singularmente exigidas, especialmente cuando las actividades se localicen en el ámbito de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos, de las áreas pertenecientes a la Red Natura 2000 y de las áreas críticas de especies catalogadas. El ejercicio de las actividades objeto debe llevarse a cabo siempre en los términos expresamente previstos en su normativa específica, en el planeamiento de los espacios naturales protegidos y en los planes de protección y gestión de lugares de la Red Natura 2000 no incluidos en la Red Canaria de Espacios Protegidos.D Canarias 138/2025, BOCANA 4-11-25