1 mayo 2026
Competencia de la jurisdicción penal para ordenar la nulidad de licencia y demolición de obra
El dolo en la prevaricación urbanística se configura por la conciencia plena y voluntad de actuar al margen del ordenamiento jurídico, sin que la existencia de un fin loable exonere de responsabilidad penal. La jurisdicción penal es competente para ordenar la demolición de obras ilegales y la nulidad de licencias urbanísticas concedidas con prevaricación, incluso cuando haya transcurrido el plazo administrativo para la demolición.