Baleares. Planificación hidrológica

1 junio 2026

Actualidad Urbanismo. Junio 2026 - Baleares. Planificación hidrológica


Necesidad de informe previo para el caso de precisarse nuevas demandas de recursos hídricos.
MU nº 3388
30
Cuando los actos y planes comporten nuevas demandas de recursos hídricos, la administración hidráulica debe emitir informe en el que se pronuncie expresamente sobre la existencia o inexistencia de recursos suficientes para ello.
No es necesario este informe:
- En actos dictados en aplicación de instrumentos de planeamiento previamente informados por la administración hidráulica.
- En planes que se limiten a desarrollar o ejecutar un instrumento de planeamiento superior previamente informado de manera favorable por la administración hidráulica, siempre que no hayan transcurrido más de 8 años desde su aprobación definitiva y que el plan no introduzca alteraciones que supongan nuevas demandas de recursos hídricos, o modifique las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la emisión del informe de suficiencia hídrica del instrumento de planeamiento superior.LUB disp.adic.24ª redacc L Baleares 4/2026 disp.final 26ª, BOIB 13-6-26

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