1 mayo 2026
Notificación fehaciente para poder inscribir un decreto de adjudicación hipotecaria
Es necesario acreditar la notificación fehaciente al arrendatario incluso en procedimientos judiciales como la ejecución hipotecaria ya que la existencia de representación procesal o el conocimiento de hecho no exime de cumplir con los requisitos legales formales de notificación conforme a la LAU art.25, especialmente para activar derechos de tanteo y retracto y garantizar la seguridad jurídica registral.