30 enero 2018
Afecciones urbanísticas. Proyectos de reparcelación o compensación
Inscripciones registrales de las afecciones urbanísticas que se derivan de los proyectos de reparcelación. Plazos de caducidad. Aplicación en Cataluña.
El Tribunal Supremo resuelve la cuestión de si es válido imponer a copropietarios no asociados el pago de gastos comunes según un criterio de reparto fijado unilateralmente por una asociación privada sin el consentimiento unánime de todos los propietarios, cuando esto contraviene el reglamento original de la urbanización que establece un reparto proporcional a la superficie registral. La asociación de propietarios reclamó a dos copropietarios el pago de gastos derivados de obras de reparación y mejora de accesos y viales en una urbanización afectada por lluvias torrenciales, aplicando un criterio de reparto basado en la superficie construida, mientras que los demandados alegaron que dicho criterio contravenía el reglamento original de la urbanización y que no estaban obligados a contribuir según los estatutos de la asociación. El Tribunal Supremo concluye que los estatutos de la asociación privada no son vinculantes para los copropietarios no asociados y que la modificación del criterio de reparto de gastos comunes establecido en el reglamento original de la urbanización requiere el consentimiento unánime de todos los copropietarios; por tanto, procede aplicar el criterio de reparto previsto en dicho reglamento y no el fijado por la asociación. Para el Tribunal Supremo la aplicación analógica de la Ley de Propiedad Horizontal a complejos inmobiliarios, exige unanimidad para modificar las cuotas de participación en gastos comunes, reconociendo la doctrina jurisprudencial la obligatoriedad del reglamento original pactado entre todos los propietarios, considerando que los acuerdos de una asociación privada no pueden imponer obligaciones a terceros no socios. TS 7-10-25, EDJ 723849
Contiene un análisis profundo y diferente realizado sobre toda la normativa que rodea la Propiedad Horizontal en España; tanto los derechos privativos como los derechos de copropiedad e incluye las más recientes novedades normativas, de jurisprudencia y doctrina administrativa surgidas en este ámbito.
Precio
100 €
30 enero 2018
Inscripciones registrales de las afecciones urbanísticas que se derivan de los proyectos de reparcelación. Plazos de caducidad. Aplicación en Cataluña.
14 agosto 2012
La base imponible del IVA en la cesión del derecho de uso de bienes inmuebles (plazas de parking) estará constituida por el importe total de la contraprestación del servicio, incluyéndose tanto la renta como las cantidades asimiladas a la renta y cualquier crédito efectivo del arrendador frente al arrendatario derivado de la prestación arrendaticia y de otras accesorias.
1 octubre 2025
La Dirección General considera que el criterio relevante a la hora de prorrogar una anotación preventiva de embargo, en presentaciones telemáticas, es la fecha y hora de entrada en el registro, que permite la prórroga si la presentación telemática se realiza antes de las 24:00 horas del último día de vigencia de la anotación.
Recibe los posts más recientes en tu email